martes, 8 de septiembre de 2009

Propuesta de CARCO ante Audiencias Públicas de la Cámara de Diputados (08/09/2009)

LEY DE SERVICOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL



PROPUESTA DE LA CÁMARA ARGENTINA DE COOPERATIVAS, MUTUALES Y OTROS PRESTADORES COMUNITARIOS DE RADIODIFUSIÓN (CARCO) ANTE LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS




Señores Diputados:



La Cámara Argentina de Cooperativas, Mutuales y otros Prestadores Comunitarios de Radiodifusión (CARCO), se presenta una vez más a Audiencias Públicas convocadas para tratar la modificación de la ley de Radiodifusión, como lo hiciéramos en 2001. En esa oportunidad, conscientes de la responsabilidad que como sector social representábamos, luego de las siete audiencias que tuvieron lugar en todo el país a las cuales concurrimos y de analizar los ocho proyectos de ley incluido el del Poder Ejecutivo de aquel momento, presentamos en la última reunión, en la Capital Federal, un proyecto integral de Ley, que fuera asumido por el entonces Diputado Nacional Héctor Polino y que tuvo estado parlamentario mientras el mencionado fue miembro de la Cámara. No recibiendo tratamiento.



Cuando el proceso de modificación parlamentaria de la vieja ley de la dictadura fracasó, dos meses antes de la grave crisis que nos embargó a todos en Diciembre de 2001, la CARCO modificó su estrategia de lucha contra la discriminación al sector de la economía social que imponía aquella y definimos como prioritario concurrir al Poder Judicial a procurar su declaración de inconstitucionalidad. Lo conseguimos en primera instancia en diciembre de 2001 en el caso “Cooperativa de Servicios Públicos de Villa Santa Rosa c/ Estado nacional- Comfer”, el cual fue financiado y apoyado por nuestra Organización. Desde allí en adelante no cejamos en todos los otros fueros judiciales. Ganamos la segunda instancia a mitad de 2002 y en septiembre de 2003, la Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió sus famosos fallos, donde por primera vez se declaraba la inconstitucionalidad en el caso de la Mutual Carlos Mujica (radio La Ranchada) y de la mencionada Cooperativa. Ambas causas fueron apoyadas firmemente por CARCO como quedó dicho.



De esos fallos contundentes de la Corte y no de otra razón, surgió el proyecto de modificación del artículo 45 de la Ley 22.285, que se inició en el Honorable Senado de la Nación por iniciativa del Poder Ejecutivo Nacional. Luego, ese proyecto con media sanción, fue modificado casi por unanimidad por la Honorable Cámara de Diputados, cuya media sanción fue modificada inconstitucionalmente en revisión por el Senado. De allí surgió la ley 26.053 el 17/08/2005.



Precisamente en el trámite de debate dentro de la Comisión de Comunicaciones e Informática, que era conducida entonces por el Diputado Osvaldo Nemirovsi fue cuando se diera el mayor esfuerzo de búsqueda de consensos de parte del Movimiento Cooperativo, nucleado en CARCO. Dado el texto limitativo hacia el sector que provenía en ese momento del Senado, a pesar de los fallos de la Corte, se buscaron consensos que hicieran posible avanzar en la modificación de la ley de la dictadura para democratizar efectivamente las comunicaciones. Debemos reconocer que todos los bloques parlamentarios buscaron esos acuerdos con buena predisposición, e incluso el bloque mayoritario de ese momento, que podría haber evitado los consensos, pues tenía el número de votos suficiente, hizo esfuerzos muy loables por encontrar una fórmula que sintetizara la voluntad común alcanzada. Por eso se cambió casi por unanimidad el artículo 45, que era la verdadera columna vertebral de la ley de Videla y los tiranos.



En ese momento, el Poder Ejecutivo del Presidente Néstor Kirchner no aceptaba la inclusión de las empresas prestadoras de servicios públicos como licenciatarias, por eso el eje del debate giró en torno a cómo cumplir con el Fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que había declarado que la ley de la dictadura era inconstitucional para una cooperativa que precisamente era prestadora de servicio eléctrico y telefónico.



Humildemente nos corresponde haber sido los autores de la famosa frase (que incluso hoy está presente nuevamente en el texto del PEN) “… realizar una evaluación integral de la solicitud, que contemple el interés general de la población”; la cual no figuraba en el despacho de la Comisión de Comunicaciones que se llevó al recinto; pero que fuera acordado como fórmula de consenso entre los distintos bloques previo a su tratamiento con participación de CARCO e incorporada durante el debate en plenario.



Con esto se buscaba resolver el problema de las cooperativas de servicios públicos, a las cuales se pretendía según el texto del Senado, seguir proscribiendo de las licencias.



Se tomaba como excepción, precisamente porque el espíritu del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo era dejar fuera de la radiodifusión a las empresas prestadoras de servicios públicos en general. Así se buscaba un mecanismo de excepción para los cientos de cooperativas de servicios públicos, sin violentar a ningún prestador anterior.



La historia es bien conocida, El Senado cuando analizó en revisión ese texto, sobre el cual no podía más que insistir con su texto original o aprobar el que volvía de Diputados, le hizo una sola corrección: Suprimió inconstitucionalmente la frase del consenso alcanzado. Así ninguna empresa de servicios públicos, ni lucrativa ni cooperativa, puede ser titular de licencias en la actualidad.



Frente a este nuevo esfuerzo de modificación de la ley, por una Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual hoy propuesta, decimos que:



1. El sector Cooperativo en general pasó 25 años de exclusión por una discriminación basada en la teoría de la seguridad nacional que impusieron los tiranos de entonces.



2. El Sector Cooperativo de Servicios Públicos, a esa discriminación, le debe agregar cuatro años más, es decir 29 años de exclusión.



3. En ese tiempo, diversas empresas lucrativas obtuvieron licencias de radiodifusión en las miles de comunidades atendidas por cooperativas de Servicios Públicos, mientras a éstas se les negaba el acceso. Pudieron instalarse, crecer, acumular capital y dar los saltos tecnológicos que fueron necesarios, precisamente por la ausencia legal del sector de la economía solidaria en general.



4. Pero además, desde agosto de 2000 hasta marzo de 2009 (es decir 103 meses), el Poder Ejecutivo mantuvo cerrada la venta de pliegos para los denominados Servicios Complementarios, con lo cual la discriminación en este servicio, se vio potenciada, favoreciéndose la concentración de medios a niveles aún mayores.



5. Las cooperativas de la rama de Servicios Públicos, representan según el censo realizado por el Instituto nacional de Asociativismo y Economía Solidaria (INAES), el 41 % del total de cooperativas (página 47 del mismo); y totalizan a 2005 la cantidad de 1521 entidades (página 49 de ese documento)



6. Sólo sobre las entidades censadas en el momento de la realización del mismo (30/06/05) había 1.466.349 asociados a éstas. (Página 61 del Documento del Censo).



7. Eso significa que casi 6.000.000 de compatriotas reciben servicios públicos de cooperativas en nuestro país. Es decir un 15 % del total de argentinos. Pero si consideramos que en los grandes conglomerados urbanos las cooperativas de servicios públicos son inexistentes, ese porcentaje aumenta sustancialmente sobre el total de usuarios del denominado “interior profundo”.



8. Por eso es que el actual proyecto y su redacción final, deben ser a nuestro criterio analizados muy cuidadosamente, pues los tiempos han cambiado, la brecha de desigualdad se ha incrementado y las fórmulas de consenso para permitir el ingreso a las cooperativas de la rama de servicios públicos, que utilizamos en 2005, cuando se mantenía excluidas a todas las empresas prestadoras de servicios públicos, a la situación existente en este momento, donde el texto propuesto por el Poder Ejecutivo Nacional y algunos de los textos de otros Diputados incluso, autorizan ese ingreso a los servicios audiovisuales.



En consecuencia, y basándonos en todo lo antedicho, en los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación mencionados y que pedimos sean tenidos en cuenta, en las recomendaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que basándose en el pacto de San José de Costa Rica son correctamente incluidas como notas al pie del artículo 21, en el Proyecto del PEN, en el proyecto de Ley de la Diputada Silvana Giudice (Artículo 6º Inc. g y Art. 7º, 23º y 28) y en nuestro propio proyecto de ley presentado en 2001.



Y teniendo en cuenta que un artículo esencial del Proyecto del PEN es el Nº 12, ya que detalla con minuciosidad las misiones de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, que es como hacer una declaración de objetivos políticos de interés general a cumplimentarse y que establece en su inciso 10) Velar por el desarrollo de una sana competencia y la promoción de la existencia de los más diversos medios de comunicación que sea posible, para favorecer el ejercicio del derecho humano a la libertad de expresión y la comunicación. Y dice en su inciso 13) Promover y estimular la inversión en el sector. Prevenir y desalentar las prácticas monopólicas, las conductas anticompetitivas, predatorias y/o abuso de posición dominante en el marco de las funciones asignadas a este organismo u otros con competencia en la materia.



La CARCO, en representación del sector cooperativo de servicios públicos que aspira a ejercer el derecho de ser titular de licencias para servicios de comunicación audiovisual, considera que la mejor forma de prevenir las prácticas monopólicas en las comunidades servidas y favorecer el ejercicio humano a la libertad de expresión y la comunicación, es precisamente reconocer por parte del Congreso la enorme injusticia cometida durante los últimos 29 años en los cuales las cooperativas de servicios públicos Fueron excluidas. Hoy, son el sector mayoritario del cooperativismo argentino, son empresas nacionales, locales, autosustentables, que no necesitan ser subsidiadas pues disponen de patrimonio propio acumulado por años de gestión austera y de reinversión permanente, son auto gestionadas por sus miles de asociados, resumen en si mismo el concepto de oferta y de demanda, pues sus mismo usuarios son los propios dueños de las mismas y por tanto no pueden ni remotamente ser puestas en pie de igualdad regulatoria con las empresas lucrativas de servicios públicos.



Y este simple concepto, se confunde en el artículo 25, pues prácticamente se les da el mismo tratamiento regulatorio a las cooperativas de servicios públicos, que reciban oposición de un prestador actual que en general vienen prestando servicios en exclusividad durante diez o quince años, sin tener regulaciones de calidad de servicio, objetivos de universalidad del mismo ni libre accesibilidad ni tarifa, precisamente porque ellos prestan servicios desregulados, con precios libres y sin control y no servicios públicos.



¿Hay o no hay monopolio fáctico cuando el prestador de cable de una localidad donde la cooperativa local ha estado excluida por 29 años, es el único prestador al cual tienen acceso los habitantes de esa comunidad?



Nos encontraríamos ante el absurdo que si la empresa de telecomunicaciones más grande de América Latina, que no es prestadora de servicios públicos en Argentina en la actualidad, se asociara con capitales nacionales teniendo sólo el 30% del mismo, y así se presentara para solicitar una licencia en una localidad donde existiera un prestador de cable desde hace 15 años, operando en exclusividad, obtendría su licencia sin problemas y sin tener que pasar por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia. En cambio, si en la misma ciudad se presentara la cooperativa eléctrica local, y el prestador desde hace 15 años decide oponerse, la Autoridad de Aplicación deberá solicitar previamente un dictamen vinculante a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia.



Es un absurdo y en el fondo se favorece la concentración y la falta de incorporación de nuevos protagonistas, en este caso del sector no lucrativo.



Se considera apriorísticamente que las cooperativas de servicios públicos son monopólicas. Nos preguntamos: ¿En qué monopolio los usuarios son los dueños? ¿En qué monopolio los usuarios asumen los riesgos de la explotación de los servicios? ¿En qué monopolio los usuarios pueden elegir a sus autoridades, a sus controladores, e incluso removerlos si no cumplen correctamente sus funciones?



En las cooperativas de servicios públicos todo eso se cumple, sencillamente porque no son monopolios ni nunca lo serán. Ni filosóficamente, ni fácticamente, ni legalmente.



La propuesta que hacemos entonces a esta audiencia pública es:







Modificación del Artículo 25 del Proyecto del PEN de la siguiente manera:



“Artículo 25



Excepciones



No será aplicado lo dispuesto en el inciso i) del apartado I y el inciso d) del apartado II del artículo 23 cuando:



I.- Se tratare de de personas de existencia ideal sin fines de lucro, que podrán ser titulares de licencias de servicios de comunicación audiovisual.”



Hubiéramos deseado incluir más observaciones en nuestras propuestas, como hiciéramos en 2001; pero los tiempos son exiguos y nuestro deber democrático nos insta a no rehuir el debate de lo que consideramos el nudo central de nuestras necesidades.







Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 08 de septiembre de 2009.







 Maimónides Joaquín Roquero          Rodolfo Ángel Santecchia



     Presidente                           Secretario







prensacarco@gmail.com



Rivadavia 1152. Bigand. Provincia de Santa Fe.

jueves, 31 de julio de 2008

Memoria del ejercicio Nº 12:(del 01/08/2007 al 31/07/2008)

El Ejercicio sometido a Memoria puede ser dividido en dos tramos bien definidos. Por un lado, todo lo que aconteció entre el comienzo del período y el final del verano de 2008 y por otra parte, la etapa que se inicia con los primeros síntomas de una modificación en la conducción del Comfer, hasta el mes de julio de ese año.
Todos los acontecimientos que sucedieron en esos períodos, pueden ser catalogados como el final de la etapa de Julio Bárbaro al frente del organismo, quien se desempeñaba en esas funciones desde el inicio del gobierno del ex Presidente Néstor Kirchner y que había continuado en los meses iniciales de la presidenta Cristina de Kirchner y el inicio de la gestión de Gabriel Mariotto. Si bien hubo visiones diferentes y eso se demostró en el debate sobre la nueva Ley de Comunicaciones Audiovisuales que reemplazaría a la vieja Ley de Radiodifusión que viene desde la dictadura militar, lo cierto es que en lo esencial, durante todo el año analizado, el sector representado por nuestra Cámara, no tuvo grandes variaciones en cuanto a su status jurídico y posibilidades de inserción como radiodifusores legítimos.
1. Primera etapa (desde el inicio del Ejercicio hasta marzo de 2008)
Este período estuvo condicionado por las posiciones políticas que se manejaban desde el Poder Ejecutivo de entonces, que concluyó la Presidencia de Néstor Kirchner con la aprobación de la fusión entre Cablevisión y Multicanal en una sólo empresa que forma parte del denominado Grupo Clarín y concentra más del cincuenta y cinco por ciento de los abonados de cable. Esa política, sumada a la prórroga de las licencias por diez años a todos los operadores y a la falta de venta de pliegos para servicios complementarios (cable), terminó de consolidar una situación de imposibilidad de acceso a las cooperativas, mutuales y a los otros posibles prestadores que había abierto la Ley…….sancionada en 2006. El ex Interventor en el Comfer, Julio Bárbaro, mantuvo y mejoró la situación de no venta de pliegos, incluso a través de mecanismo aparentemente participativos; pero que luego se comprobó tristemente que eran sólo para generar demoras en la definición sobre la venta de pliegos. Toda esta situación, que ocurrió durante el Ejercicio anterior, se mantuvo en el presente. La salida de Julio Bárbaro, por causas políticas internas del partido gobernante, sin embargo trajo una luz de esperanza en que se cambiaría el mecanismo utilizado desde agosto de 2000 y que finalmente se venderían los pliegos para servicios complementarios. Si a ello se le suma que por la Resolución 1870/COMFER/2006 del 20/10/06, se había autorizado la transferencia de licencias a entidades sin fines de lucro, el horizonte tendía a presentar algunas perspectivas positivas. Además, la CARCO conocía previamente a Gabriel Mariotto, cuando se tramitó el acuerdo para que se retransmita en Canal 6 Televisión Cooperativa algunos programas de Telesur.
2. Segunda etapa (desde cambio de autoridades en Confer)
Cuando se produjo la renuncia de Julio Bárbaro y la asunción de Gabriel Mariotto, pareció que se producía un cambio importante en la visión del Poder Ejecutivo con respecto a la radiodifusión y por consiguiente CARCO retomó como prioritaria la acción política frente a ese poder del estado, para avanzar en la modificación de la Ley en aquellos aspectos que la reforma de dos años atrás había dejado inconclusa. El escenario se vio favorecido por dos hechos simultáneos: a) la recuperación de un ámbito de alianzas posibles que el sector cooperativo podía lograr entre los firmantes de los “21 puntos para una radiodifusión de la democracia”, entre los cuales estábamos; pero que nuevamente recuperaban a otros protagonistas de ese movimiento, que habían estado un tanto al margen luego de la modificación del artículo 45. b) un conflicto directo y ostensible entre el Poder Ejecutivo y el principal grupo comunicacional argentino (Grupo Clarín), quien hasta diciembre del año anterior había mantenido fluidos contactos y alianzas con el ex Presidente Kirchner, que llevaron incluso a la autorización de la fusión Multicanal – Cablevisión tres días antes de transferir el poder.
Esas dos circunstancias que fueron muy interrelacionadas entre sí, dieron ese giro al debate sobre la radiodifusión, que aún seguía encerrada, como en gran parte del continente, en el debate entre los marcos regulatorio restrictivos para el ingreso de las empresas de telecomunicaciones. El sector cablero, con Clarín a la cabeza, ahora líder y controlante absoluto del mercado del cable, parecía que se enfrentaba a un cambio de escenario que quizás lo relegara en su protección de mercado que tenía desde siempre con la Ley 22.285 (aún reformada) y con las suspensiones a las ventas de pliegos que se mantenían desde fines de 2000. Las primeras declaraciones del nuevo Interventor del Comfer así parecían indicarlo. Fue la época donde Mariotto dijo en un reportaje “la ley de radiodifusión es la madre de todas las batallas…”
El Movimiento Cooperativo, se convulsionó con el nuevo argumento del discurso del Poder Ejecutivo y se produjo un estado de debate interno que desgraciadamente no alcanzó la profundidad que necesitaba, en medio de las generalizaciones que se arrojaban semanalmente por los medios. Prácticamente no hubo federación, centro de estudios, universidad e incluso cooperativa de base, donde por esa época no se haya generado una charla sobre tema. Eso fue muy positivo, según la visión de CARCO, pero la realidad es que no se alcanzó a materializar una corriente clara y unívoca del sector frente al Poder Ejecutivo, para poder incidir correctamente. El tema se calentaba o enfriaba a ritmo del conflicto entre el Gobierno Nacional y el sector agropecuario. A veces, se tiraba sobre la mesa el cambio de la ley, como parte del conflicto y eso no permitía un debate sereno y contundente.
A continuación, se detallan los hechos principales de lo que ocurrió en esos meses.
1. Reunión en casa Rosada con la Presidenta.
CARCO participó el día 16/04/08 de una reunión en la sede de Farco, quienes representan a las radios comunitarias y es la entidad con quienes nos une una larga trayectoria de lucha contra la discriminación de la Ley de radiodifusión de la dictadura. Desde allí, todas las organizaciones firmantes de los “21 puntos para una radiodifusión democrática”, nos trasladamos hasta la Casa Rosada y fuimos recibidos por la Presidenta de la Nación, ante quien se expuso la necesidad de que se modifique definitivamente la ley sobre la base de ese documento consensuado tiempo atrás. Por Carco participaron el Vicepresidente 2º, Ing. Alan Miller y el Secretario Maimónides Roquero. Se pretendía tener una representación mayor, pero problemas de vuelos lo impidieron. En esa misma reunión, se acordó con el flamante interventor del Comfer una reunión para la semana siguiente.
2. Segunda reunión en casa Rosada con la presidenta Cristina Fernández de Kirchner
Posteriormente, la Presidenta de la Nación celebró diversas reuniones con los sectores interesados en la radiodifusión, frente al inminente envío al Congreso del Proyecto de nueva ley por parte del Ejecutivo. Esa actitud de la Primera Mandataria, es reconocida y valorada por CARCO y el cooperativismo en general, ya que nos hizo confiar en la inminencia de la presentación. Así fue como a instancias del Presidente del INAES, Patricio Griffin, fuimos invitados junto a Cooperar y a otros dirigentes federativos y de entidades de base, a una audiencia privada con la mandataria. La reunión fue muy provechosa, donde se resaltó la importancia que en el nuevo proyecto se respete a las cooperativas de servicios públicos como potenciales sujetos de la radiodifusión y no como ocurre con la actual ley. También se debatió durante más de cuarenta minutos sobre los temas que desde fuera del Movimiento se tratan como críticas al cooperativismo, básicamente la acusación de monopolios que se hace desde el sector cablero. La Presidenta compartió la visión que llevábamos y consideró una injusticia y una falacia esa consideración. Al finalizar la entrevista, en la conferencia de prensa que le siguió, nuestro Presidente fue invitado a expresarse y allí destacó que el tema legal esencial que el Movimiento Cooperativo tiene hoy en día y por el cual apoya la iniciativa de modificar la Ley, es el de que sean incluidas las cooperativas de servicios públicos, que hoy están excluidas, al no haberse conseguido la aprobación por el Senado del texto acordado con los Diputados en ocasión de la modificación del artículo 45.
3. Reuniones con el Comfer



a) El jueves 24/04/08, fue recibida por el Interventor del Comfer, Licenciado Gabriel Mariotto, en sus oficinas, una delegación de CARCO formada por su Presidente, Rodolfo Santecchia, su Secretario, Maimónides Roquero y su Vicepresidente 2º, Alan Miller.
Se le hizo entrega al funcionario de la documentación que nuestra entidad viene produciendo desde hace años, en especial se la acercaron las posturas sostenidas durante las siete Audiencias Públicas de 2001, el Proyecto de ley denominado “Una Ley para todos, sin exclusiones”, de noviembre de ese año, que fuera elaborado por CARCO y tomó estado parlamentario a través del apoyo del Diputado Héctor Polino y también los documentos presentados durante 2006, en la convocatoria del Comfer a participación ciudadana para elaborar el nuevo reglamento de Pliegos para servicios complementarios.
El Interventor valoró todos los esfuerzos doctrinarios y teóricos que nuestra entidad realizó estos años y se comprometió a tenerlos en cuenta en la redacción del proyecto de ley que el Ejecutivo elevará al Congreso y en la reglamentación de los nuevos pliegos que se nos aseguró saldrán a la venta pronto.
CARCO había definido como temas de agenda y los explicitó a los siguientes:
• Apoyamos la modificación de la ley de radiodifusión y en este punto, daremos todo nuestro apoyo a la tarea del Comfer.
• El punto esencial para el Movimiento Cooperativo es “la inclusión amplia, total y sin ninguna discriminación hacia las cooperativas de servicios públicos”. Para nosotros el debate hoy dejó de ser “cooperativas y otras personas jurídicas sin fines de lucro sí o no” desde la última modificación al artículo 45, que logramos fuera aprobada en el Congreso, aunque con las limitaciones que conocemos. Apoyamos; pero con ese eje temático, de lo contrario estaríamos luchando por algo “ya conseguido”.
• Pedimos que mientras se busca el cambio de la ley, se comience la venta de pliegos para servicios complementarios “inmediatamente y con un sentido inclusivo y no recaudatorio” como era el proyecto del Interventor anterior.
• Que se concluya inmediatamente el Plan de frecuencias, para saber qué parte del espectro podrá ser asignada al sector de la economía solidaria.
• Que los trámites de transferencias de licencias en aquellas localidades que hoy existen sociedades y otros prestadores ligados a las cooperativas, se realicen con un procedimiento “ágil, rápido, abreviado y muy sencillo”, para regularizar y permitir que esos casos se normalicen urgentemente.
• Que le den lugar en las grillas al igual que se ha definido con otros canales ahora, a nuestra señal “Canal 6 Televisión Cooperativa”
El Interventor, al ser una persona que conoce bien la problemática de la radiodifusión de origen comunitario, y al haber tenido desde CARCO tratos con él cuando aún no tenía el puesto actual, recibió siempre y con muy buena predisposición nuestras opiniones. Creemos que tiene buenas intensiones y merece nuestro apoyo en ese sentido; pero también es cierto que hay demasiados intereses creados, por tanto el Cooperativismo debe ser muy claro en sus temas de agenda, para evitar que la diversidad y particularidades puedan hacernos naufragar. Quedamos en otra reunión para ese mismo día a la tarde; que no pudo realizarse, pues fue la renuncia del Ministro de Economía.
b) El miércoles 30/04/08, fuimos recibidos nuevamente por el Interventor, y en esta oportunidad, nos acompañó la abogada Malena Santecchia, quien había participado de la elaboración de la propuesta de reglamento para los pliegos de servicios complementarios. También participó el Lic. Fernández Novoa (Director de Coordinación del Comfer) y Gonzalo Cárdenas, quien luego fue designado Director de dicho organismo. Esta última persona es uno de los redactores del proyecto de Ley, por tanto esta segunda entrevista fue eminentemente técnica y nos abocamos a buscar salidas a los tremas de agenda que son esenciales para CARCO y se explicitaron más arriba. Detectamos una amplia predisposición e importante nivel de información sobre nuestras propuestas por parte de los dos funcionarios técnicos mencionados. Un punto importante fue que se nos aseguró que en opinión del Comfer, “no hay vuelta atrás por el Gobierno Nacional en la modificación de la Ley, pues la Presidenta de la Nación está convencida de ello” y que los tiempos deben ser breves para poder lograrlo durante 2008. Quedamos en acercar algunas sugerencias para la inclusión sin obstáculos de las cooperativas de servicios públicos, que como se dijo es el punto principal de nuestra propuesta.



4. Reunión con el Diputado Baladrón y Fernández Novoa en Cooperar.
El viernes 09/05/08, durante la reunión mensual de COOPERAR, se produjo la visita del Presidente de la Comisión de Comunicaciones e Informática de la Cámara de Diputados, Sr. Baladrón, quien concurrió con asesores de esa Comisión, que trabajarán el tema Ley de Radiodifusión. También concurrió el licenciado Fernández Novoa por el Comfer. Por CARCO, además del Presidente, Rodolfo Santecchia, el Secretario Maimónides Roquero y el Vicepresidente 2º Alan Miller, se hizo presente el Tesorero Erico Angaramo. La reunión fue muy productiva por el abordaje de los temas tratados. Ambos funcionarios dejaron en claro su apoyo al cooperativismo y su inclusión en la radiodifusión. Le tocó a CARCO explicitar en nombre de todo el cooperativismo urbano, que para el sector, lo esencial del cambio de la actual ley es lisa y llanamente que “todas las cooperativas puedan entrar, sin ningún tipo de limitaciones ni exclusiones” y que “el sector de servicios públicos es prácticamente el único que puede generar rápidamente la posibilidad de un sector alternativo fuerte para evitar la concentración de los medios actuales” estos conceptos fueron aceptados por los funcionarios. También se les pidió que la actual Resolución 227 del Comfer, que reordena las grillas de los cables, haya dejado fuera a Canal 6 Televisión Cooperativa y eso vuelve a generar diferencias que luego se hacen insuperables. Fernández Novoa se comprometió a buscar soluciones. Cooperar le presentó en ese momento, un pedido de audiencia con la Presidenta de la Nación para el Movimiento Cooperativo, que es muy probable que se concrete, pues también desde el INAES se está tramitando. Este pedido, que CARCO había solicitado en la reunión de Mesa Ejecutiva el día anterior, sería la culminación al máximo nivel de los esfuerzos unificados del sector.
También el funcionario del Comfer, ante el pedido que se agilicen los trámites para las transferencias de las licencias hacia las cooperativas, sugirió la creación de una Comisión Cooperar- Comfer de tres miembros por sector para realizar esos trámites. Cuando la reunión continuó, se resolvió que la delegación de Cooperar esté formada por el Presidente Juan Carlos Fissore, un representante de CARCO y un representante de Fecotel, entidad que tiene también vinculación con el tema. La primera reunión ha quedado confirmada para la semana próxima.
5. Trámites de transferencias de licencias
A propósito de estos trámites, mientras se retiraba de Cooperar Fernández Novoa, el presidente de CARCO en un aparte le solicitó que una propuesta que a finales del año 2006 se le había hecho en su despacho durante una audiencia que tuviéramos con el presidente de Cooperar, pudiera ser efectivizada ahora y rápidamente, como es que la Presidenta de la Nación, en la audiencia que concederá al Cooperativismo, entregue las primeras transferencias de licencias en bloque a aquellas cooperativas que con o sin trámites iniciados se inscriban en un listado previo y luego durante un lapso grande de tiempo, que estas entidades completen por otras vías los trámites correspondientes. Esta iniciativa fue trabajada por CARCO en conjunto con Fecotel y se le hicieron llegar al Comfer el listado inicial de localidades que debían ser incluidas. Lamentablemente hubo un cambio de funcionarios en el Organismo y se debió comenzar de nuevo con ese tema. Al finalizar el Ejercicio, algunas cooperativas, que había iniciado los trámites individualmente y cumpliendo todas las exigencias legales fueron consiguiendo esas transferencias. Lograr que un número significativo de entidades concluya esos trámites será importante para determinar la diferencia en el derecho a la igualdad ante la ley que genera el nuevo sistema de licencias del artículo 45 reformado, ya que hay cooperativas de servicios públicos que si pueden obtener la licencia y otras no. Este con seguridad, será en eje temático de la modificación de la ley que el Movimiento Cooperativo deba tratar.
6. Nueva Grilla Obligatoria de canales
Durante el Ejercicio, el Comfer también dictó la Resolución Comfer 227/08, que procedió a reordenar la grilla de canales entre las frecuencias 2 y 15 de los servicios complementarios. Dado que eso tendría influencia directa en nuestras asociadas, procedimos a sostener una entrevista con el Interventor el viernes 30/05/08, al día siguiente de la reunión que el Movimiento Cooperativo sostuviera con la Presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner. En dicha reunión se le plantearon varios de los temas que inquietan al sector cooperativo y también la reunión se enfocó en resolver los problemas que generan la aplicación de la resolución Comfer 227/08. Recibimos muy buenas apreciaciones del Interventor, quien se mostró predispuesto a escuchar las sugerencias que como sector le hacíamos y que se habían expresado en una carta enviada la semana anterior. Básicamente con el efecto que dicha resolución tenía sobre los canales de generación local o común, como es Canal 6 Televisión Cooperativa. Nos manifestó que aplicáramos la Resolución, pues el Organismo confía en que es positiva para todos los ciudadanos y además piensa que de ninguna manera perjudicará a los cables comunitarios, ni a sus canales de autogeneración, a los cuales se les respetan las frecuencias de emisión. Sin embargo, pese a que nuestras socias cumplimentaron con lo que habíamos acordado, algunas delegaciones del Comfer del interior, mostraron desconocimiento de dichas gestiones.
7. Palabras finales
El conflicto del Gobierno nacional con el sector agropecuario concluyó y sin embargo, los remezones del mismo se hicieron sentir en los meses siguientes. La presentación del proyecto de ley siguió demorado a la espera de un momento político por parte del Poder Ejecutivo Nacional. El tema pasó a considerarse en distintos ambientes académicos y en eventos cooperativos. A varios de ellos concurrimos y también expresamos nuestro parecer sobre los borradores que estaban circulando del proyecto oficial, que nuevamente dejaban fuera al sector cooperativo de servicios públicos. La visión que tiene CARCO sobre la forma en que fue presentado el tema desde el poder central, no varía. Será difícil conseguir una modificación consensuada con todos los sectores involucrados; tampoco creemos que hoy sea lo más razonable establecer como prioritaria la acción judicial, aunque no queda descartada, sobre todo a la luz de que el Comfer sigue sin vender los pliegos de servicios complementarios. Quizás se deba incentivar el debate en profundidad con los distintos actores de la radiodifusión, como ocurrió durante las audiencias públicas de 2001. Pero lo que es cierto es que el año próximo, la CARCO deberá recuperar la iniciativa en la acción de incidencia, tanto dentro del Movimiento Cooperativo, como fuera de él. Nuestra organización en el pasado demostró que pese a ser una institución pequeña, era capaz de marcar con claridad los tiempos de la acción para resolver la discriminación que aún recae sobre buena parte de las cooperativas.


Maimónides Joaquín Roquero
Secretario

Rodolfo Ángel Santecchia
Presidente

martes, 31 de julio de 2007

Memoria del ejercicio 11º: (del 01/08/2006 al 31/08/2007)

El Ejercicio sometido a Memoria, no puede ser analizado fuera de contexto, ya que sobre el final del período anterior se dictó una Resolución importante, en la cual la CARCO tuvo una intensa actividad, que finalmente impacta en este año. En efecto, el 20/07/06, se dicta la Resolución 1242, cuyos efectos impactan de lleno en este Ejercicio Nº 11, iniciado el 1º de agosto de dicho año.
Ese acto administrativo, puede ser catalogado como uno de los actos de cinismo político más contundentes. En efecto, después que el sector de la economía no lucrativa debió enfrentar obstáculos de todo tipo para conseguir la modificación de la Ley de la dictadura militar y después que en el momento de la definitiva sanción de dicha norma, se viola nuevamente la Constitución Nacional, efectuándole modificaciones en la Cámara de origen al proyecto enviado por la Cámara revisora modificado con más de los dos tercios, el Órgano Regulador establece un procedimiento sin plazo y engañoso para establecer el reglamento que finalmente permita acceder a las cooperativas y mutuales a las licencias.
La CARCO desde el momento del dictado de esta Resolución, manifestó su oposición a la misma por las razones expuestas, que llevan a generar un censo de entidades sin fines de lucro, para “saber cuántas licencias se desean por estas entidades…”, es decir seguir demorando el inicio del ingreso de entidades sn fines de lucro en la radiodifusión y lo que es más grave aún establece la barrera al acceso más profunda que ningún gobierno dictatorial ni democrático estableció contra las cooperativas, pues suspende sine die la venta de pliegos. Es decir, tanto se profundizó la protección de mercado a los radiodifusores que habían obtenido sus licencias al amparo de la ley 22.285, que ni siquiera se toman los recaudos de establecerlas por plazos restringidos como hicieron los Interventores desde Julio López en adelante.
Pero como corresponde a una organización que debe templarse y seguir actuando en procura de conseguir resultados para sus asociadas, la Cámara gestionó y centralizó adecuadamente la presentación del censo de sus socias, lo que se concretó finalmente el 11de septiembre de 2006. Por otra parte, frente a la pomposa convocatoria a un “procedimiento de elaboración participativa del reglamento para el acceso a las licencias y prestación de los servicios complementarios de radiodifusión”, respondimos mediante la elaboración de un proyecto integral que fue elaborado internamente y presentado formalmente el 15 de septiembre de 2006, dentro de los plazos perentorios que se establecían. Ese proyecto, que está transcripto íntegramente en el Acta Nº 108 de la Comisión Directiva, sintetiza y demuestra el espíritu negociador de nuestra Cámara, aún frente a los actos más lamentables de las autoridades que siguen defendiendo las posiciones de mercado de quienes se aprovecharon de la discriminación a las personas jurídicas sin fines de lucro.
Hasta el cierre de este Ejercicio, aún el Comfer no había dado a conocer los resultados del Censo, ni del posible Reglamento que en teoría se estaba elaborando participativamente.
El 28 de agosto de 2006, mientras la Cámara estaba gestionando lo resuelto por la mencionada Resolución 1242/del 20/07/06, el Comfer dicta una nueva Resolución, que modifica el sistema de transferencias vigente hasta ese momento. El principal problema que se presenta con esta norma, es que una vez más deja afuera al sector no lucrativo. Así, al dejar sin efecto las Resoluciones 1110/01 y 536/05 y no aclarar la nueva situación jurídica que se había generado a partir de la modificación del artículo 45 de la vieja ley de radiodifusión, el Organismo regulador una vez más obliga a nuestra organización a oponernos a un acto administrativo dictado. En la resolución mencionada, se estableció un “Reglamento de procedimiento para la presentación de solicitudes de autorización de transferencia de acciones y/o cuotas y de titularidad de licencias de servicios de radiodifusión y de servicios complementarios de radiodifusión”. Pero nada se decía sobre las personas jurídicas no lucrativas, que desde la modificación de la ley eran sujetos de radiodifusión. Tanto es de grosero el olvido que en los considerandos hasta se habla de “reglamentar la ley 22285 y no se menciona la modificación de la Ley 26.053. Por ello, la CARCO solicita una consulta escrita para instar la clarificación del Organismo, con fecha 29/09/06 y lleva el tema al Consejo de Administración de Cooperar. La consulta nunca fue contestada formalmente; pero como se verá más abajo, luego se consigue el dictado de una nueva Resolución, que realmente trajo claridad y abrió las puertas a las transferencias de licencias hacia algunas cooperativas.
El 17 de octubre de 2006, el Comfer dictó la resolución 1831, que vino a determinar una gran corriente crítica por parte del sector cablero, ya sea del más concentrado, como de aquellas pequeñas empresas nucleadas en distintas organizaciones del sector. En efecto, mediante ese acto administrativo y fundándose en que los servicios de radiodifusión son de interés público y por tanto deben colaborar con el enriquecimiento cultural de la población, exigió que todos los licenciatarios de cable que tuvieran autorizaciones para incorporar en sus grillas más de quince canales, debían incluir obligatoriamente a la señal Encuentro del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y que era generado por Educ.ar Sociedad del estado.
El basamento jurídico sobre el cual se establecía la obligatoriedad, era el que por la Ley de radiodifusión vigente, los titulares de los servicios de radiodifusión debían efectuar transmisiones sin cargo para el Ministerio de Cultura y Educación de hasta el 7 % de sus emisiones diarias. A eso le agregaba que hacía un año atrás se había prorrogado las licencias a todos los que las estuvieran gozando, por diez años.
Evidentemente, que la obligación de incorporar dicho canal, como asimismo el hecho de tener que costear los cargos de equipamiento necesario para recibirlo y fundamentalmente el tener que incluirlo obligatoriamente dentro de las primeras quince señales de la grilla fue lo que hizo poner el grito en el cielo a quienes poseían licencias. Desde CARCO, como siempre ha ocurrido, nuestra posición no estuvo determinada por cuestiones de ideología de mercado, sino que nos pareció bien que los organismos estatales se ocuparan de generar señales culturales, ya el sector cooperativo lo estaba haciendo con Canal 6 Televisión Cooperativa y sin ningún apoyo extra. También apoyamos que esas señales debían ocupar espacios destacados, y nuestra posición no fue la de boicot que otros protagonistas del sector de radiodifusión manifestaron. Antes bien, aconsejamos a nuestras asociadas, que se cumpliera estrictamente con dicha Resolución. Luego, cuando la señal fue incluida y se la vio efectivamente, se pudo percibir que era un producto bien concebido y armado con profesionalismo. Pero en realidad, lo importante es que si bien sostenemos la autonomía de cada operador para armar la grilla según sus convicciones, posibilidades y libertad, aceptamos que las políticas públicas de aporte directo a la educación deben ser sostenidas por los licenciatarios. Eso no es equivalente a un control total por parte del estado, que no aceptamos, pero si indica racionalidad en el equilibrio entre el interés general y los derechos individuales. Incluir Encuentro en las condiciones establecidas no nos pareció que violaba ningún derecho de los licenciatarios.
Otro hito importante en la larga lucha por dotar de derechos igualitarios al sector cooperativo y no lucrativo en general, se consiguió con el dictado de la Resolución del Comfer 1831 del 20 de octubre de 2006, ya que en ella y luego de intensas gestiones que se realizaron frente al Organismo, con el acompañamiento de Cooperar, finalmente se estableció un régimen simplificado para las transferencias de licencias o la incorporación de cooperativas en sociedades licenciatarias. Es muy importante que como resultado de la entrevista que nuestro Presidente junto al Presidente de Cooperar tuvieran con un funcionario de primer nivel del Comfer, al cual se le hizo entrega del proyecto de CARCO para la redacción del Pliego para servicios complementarios, se dictó pocos días después la mencionada Resolución que vino a modificar lo establecido en la Resolución Nº 1488 del mismo año, a la cual la Cámara se opuso tenazmente. Esos meses de mitad del año 2006, fueron decisivos en la larga marcha por equiparar los derechos del sector cooperativo y son motivo de análisis tanto en este Ejercicio, como en el anterior.
Por ello, la Cámara recoge como significativo, que no solamente se consiguió modificar el artículo 45 de la ley, sino también con esta Resolución 1831, se consigue derogar dos resoluciones anteriores, que venían trabando cualquier intento de transferencias de licencias. Concretamente la Nº 441 de 1998, la cual en su momento había generado una pequeña luz en el proceso de permitir que las cooperativas pudieran ingresar en las sociedades licenciatarias y que por tanto mereció un apoyo limitado de CARCO y la 606 de 2001, que había interpretado restrictivamente la anterior Resolución. De esa manera, el sector cooperativo hasta se vio limitado en la posibilidad de acceder como socio a sociedades licenciatarias, si en ellas podía tener el “control de la voluntad social”. Gracias a esta nueva Resolución, se superó años de idas y vueltas, aun en la posibilidad de ingresar en sociedades anónimas. Pero al resolverse en dicha Resolución sobre la posibilidad de que las mismas licencias sean transferidas directamente a cooperativas, se abría las puertas a la regularización de más de una centena de entidades que estaban prestando servicios a través de otras figuras jurídicas. Si bien el uso efectivo de esta resolución y sus efectos demoró al principio, en los años por venir con seguridad darán lugar a que varias cooperativas sean directamente licenciatarias, aun de servicios públicos, pese a la prohibición establecida por la Ley 26.053. Eso con seguridad y dados los tiempos de trámites, se comenzará a ver desde el Ejercicio próximo. Haber gestionado esta Resolución, es otro logro que debe computarse como un éxito de CARCO
También es de destacar, que durante el Ejercicio sometido a Memoria, el Comfer dictó la Resolución Nº 214 del 13 de abril de 2007, con la cual se reglamentaban las condiciones por las cuales el Organismo aseguraba a los licenciatarios los beneficios otorgados por el Decreto 527 de 2005 del Poder Ejecutivo Nacional. En el mismo, se había extendido por diez años los plazos de las licencias o sus prórrogas que estuvieran transcurriendo. Esta norma fue vista en su momento con cautela por nuestra Cámara, pues impedía nuevos llamados a concursos para servicios abiertos y además, aseguraba el goce de porciones de espectro escasas, para aquellos que hubieran obtenido sus licencias bajo la vigencia de la anterior Ley de Radiodifusión con las restricciones totales al sector no lucrativo que establecía el viejo artículo 45 y que se había modificado parcialmente por nuestra iniciativa y tesón, hacía pocos meses.
Sin embargo, frente a la reglamentación que significaba la mencionada Resolución, la Cámara evaluó su contenido y luego determinó y así se lo comunicó a sus asociadas, que aquellas que tuvieran a Canal 6 Televisión Cooperativa como su canal local, podrían gestionar el cumplimiento establecido en la misma, ya que precisamente el objetivo de ese canal es el de difundir la cultura nacional y propender a la educación de la población como se expresa en ese texto legal. Precisamente, los espacios de programación de ese carácter son los que mayoritariamente cuenta esa señal. Con respecto a la incorporación de tecnología para modernizar los servicios licenciados (cables en su mayoría), se dejó a cada caso en particular ofrecer esas alternativas.
Esto se difundió ampliamente y CARCO gestionó la presentación de aquellos formularios que se le solicitaron de manera centralizada.
Durante el resto del Ejercicio, se siguió insistiendo en todos los ámbitos en los cuales participa la Cámara, en la necesidad de incluir como un tema de agenda importante la necesidad que se vendieran los pliegos para servicios complementarios, que precisamente habían sido suspendidos sin plazo durante el mismo período.

Maimónides Joaquín Roquero
Secretario

Rodolfo Angel Santecchia
Presidente

lunes, 31 de julio de 2006

Memoria del ejercicio Nº 10 (del 01/08/2005 al 31/08/2006)

Este Ejercicio encuentra a nuestra Cámara en el umbral de la modificación del artículo 45 de la Ley 22.285, para permitir el ingreso a otras personas jurídicas no comerciales a la actividad de la radiodifusión.
Un largo camino se cerrará de esa manera a la estrategia aprobada a finales de 2001 por nuestra organización en el sentido de utilizar todas las vías legales posibles para enfrentar la discriminación que llegó de la mano del final de la dictadura militar y que desgraciadamente ha sido convalidada durante todos estos años de democracia.
Como recuerdo queda que de ese cambio de estrategia, se aprobó el inicio de la “vía judicial” como prioritario en la lucha de la CARCO y que ese mecanismo concretó en septiembre de 2003 los famosos fallos de inconstitucionalidad, que pusieron en un brete legal al Gobierno Nacional de ese momento, el cual no pudo continuar sin operar la modificación de la ley.
A pesar que el Interventor Del Comfer, Julio Bárbaro no se manifestara claramente a favor de que el sector de la economía solidaria pudiera ser prestador de servicios de radiodifusión, el hecho que existían dos fallos de la Corte Suprema de Justicia condicionó gravemente esa desobediencia.
Así se intentó primero quitar de contenido esos fallos y generar una modificación engañosa y gatopardista de dicho artículo, permitiendo a las empresas sin fines de lucro el acceso con enorme cantidad de condicionamientos, lo cual tornaba imposible de cumplir. Esa política se instrumentó con gran celeridad en el Senado de la Nación y así la media sanción de dicha modificación se convirtió en un nuevo obstáculo que debía vencer el sector para romper la discriminación.
Cuando el proyecto con media sanción llega a Diputados para su revisión, CARCO determina que es imprescindible la unidad total del Movimiento Cooperativo si se quiere revertir ese anteproyecto y volverlo razonable. Así se trabaja mancomunadamente con Cooperar, que al tener en su seno a todas las federaciones de cooperativas de servicios que aspiraban a ser radiodifusoras, nos garantizaba que podríamos afrontar con chances la incidencia dificilísima que habría que hacer ante los Diputados. Con esa acción, silenciosa y constante, se fue avanzando a nivel de la flamante Comisión de Informática y Comunicaciones de la Cámara Baja aún en momentos que el Movimiento Cooperativo de las ramas eléctricas y telefónica estaba frente a distintos temas estratégicos particulares que obstaculizaban la visión sobre esta problemática, que a veces parecía algo alejado de sus necesidades inmediatas.
Se fueron tejiendo acuerdos parciales y lentamente, con la buena predisposición de muchos Diputados de distintas bancadas; pero principalmente de Osvaldo Nemirovci, presidente de esa Comisión, de Margarita Solbitzer y Héctor Polino por la oposición. Así al texto retrógrado y engañoso del anteproyecto del Senado, se le logró introducir algunos contenidos que liberaban más las alternativas que todas las cooperativas, aún las de servicios públicos pudieran acceder a licencias. No fue sencillo, pues los fuertes intereses concentrados que frenaban la modificación de la ley, mantenían una fuerte presión sobre los legisladores.
Cerca del momento en que se debía llevar al recinto y en vistas a que era imposible convalidar en ese momento la posibilidad que no existieran condicionamientos a las cooperativas de servicios públicos, se llevó a cabo una reunión con los distintos protagonistas de los distintos partidos, en la sede de Cooperar, donde se acordó una fórmula que convalidaba la situación de poder existente en ese momento para el Movimiento Cooperativo.
Así se aceptó la limitación que la Comisión había acordado en su seno para que se entregaran licencia de servicios complementarios directamente a una cooperativa de servicios públicos si en la localidad existía otro prestador dando el servicio regularmente; pero se estableció, que en caso que ello ocurriera, el Organismo regulador la entregaría atendiendo al “interés de la población”. De esa manera, se menguaba la prohibición lisa y llana y se encontraba una fórmula que permitiera conseguir más de los dos tercios necesarios para modificar el proyecto llegado desde el Senado. Todas las partes estuvieron de acuerdo y justo es reconocer, que la votación en el recinto días después convalidó esos acuerdos previos. Hubo coincidencia en aceptar el nivel de poder político de reformar una ley tan paradigmática, con algunas limitaciones.
Con ese cierre de 2004, y el Senado como Cámara de origen nuevamente estudiando el proyecto, se inició el año 2005. A pesar de las múltiples declaraciones de funcionarios y legisladores que el tema se resolvería a más tardar en abril de 2005, hubo que esperar hasta el 17 de agosto de ese año, ya en nuestro Ejercicio 10º en curso, para que el Senado aprobara la modificación, aunque con una medida que violó el artículo 81 de la Constitución Nacional, ya que le hizo modificaciones al proyecto que llegaba desde Diputados, algo que la Carta Magna prohíbe.
Le cambió el texto acordado con tanto trabajo, suprimiendo la frase que se menciona más arriba, con lo cual si en una localidad hay un prestador de radiodifusión, queda expresamente prohibido otorgarle otra licencia a una cooperativa de servicios públicos. Si bien en esto se retrocedió, las otras modificaciones que introdujo Diputados fueron convalidadas, con lo cual se logró que: a) el decreto - ley de la dictadura fue modificada por ley del Congreso. b) todas las personas jurídicas sin fines de lucro pasaron a ser potenciales radiodifusoras. c) En muchas localidades donde existían empresas comerciales paralelas vinculadas a las cooperativas de servicios públicos, se podía regularizar su situación y pasar a ser licenciatarias directamente.
No se consiguió incorporar a las cooperativas de servicios públicos donde hubiera otro prestador y eso fue visualizado como “un objetivo no alcanzado”. Sin embargo, en un proceso tan largo y complejo como es éste, es imprescindible que la Cámara vaya fijando prioridades en cada momento, de acuerdo a las condiciones políticas y de organización del Movimiento Cooperativo. Debemos reconocer que cuando dos años atrás habíamos convocado a desatar una seguidilla de juicios de inconstitucionalidad, aún cuando la ley no había sido reformada, fueron apenas un puñado las cooperativas que lo hicieron. Eso le dio una visión al Comfer que había sido sorprendido por los fallos de la Corte a pocos meses de su asunción, que la fortaleza política de lo que Carco había conseguido no era correspondida en la base. Eso sin lugar a dudas, también fue analizado por quienes se oponían a los esfuerzos que se estaban desplegando y retomaron con mayor ímpetu su acción de incidencia en Senadores, que fue donde consiguieron los mayores resultados. Nuestra precepción explicitada en el Congreso de Santa Rosa en abril de 2003, en el sentido que debíamos como Movimiento hacer el máximo esfuerzo “por romper el equilibrio estratégico de fuerzas” entre quienes buscábamos el fin de la discriminación y quienes lo apoyaban, había tenido un efecto importante; pero insuficiente. Grandes lecciones ha entregado la CARCO al Movimiento Solidario. Una de ella fue que se deben utilizar todas las vías de incidencia para conseguir resultados, tanto la política frente a los poderes ejecutivos y la judicial si es necesario. Otra fue que en las instancias de debate legislativo, se debe buscar los máximos acuerdos posibles con la mayor cantidad de fuerzas políticas posibles. Nunca hay que limitarse ni plantearse objetivos imposibles en esta instancia. Y la que es también importante, es que la fortaleza de la incidencia debe mantenerse y acrecentarse permanentemente en el proceso de debate. A todas las instancias, por ejemplo Diputados y Senadores. Nunca creer que ya esté todo logrado hasta que no aparece la ley publicada en el Boletín Oficial. El Movimiento Cooperativo, durante el año 2004 y la mitad del 2005, se replegó en las acciones de presión y eso fue la principal causa del fracaso en el objetivo no alcanzado. Por más que CARCO buscó vías de llegada ante el Senado, también debemos reconocer que nuestra fe democrática nos jugó una mala pasada, pues nunca creímos que esa Cámara violara la Constitución en el momento de sancionar la Ley. Hora ya lo sabemos que nunca hay que bajar los brazos.
Sin embargo, la evaluación es que de una forma o de otra, la ley fue modificada y ya hoy las cooperativas en general y las mutuales y las asociaciones civiles, los sindicatos y toda organización no lucrativa, pueden ser licenciatarias. Viene ahora el trabajo de conseguir una buena reglamentación de esta Ley 26.053 y cambiar el eje de la incidencia del Poder legislativo al Poder Ejecutivo, que es quien dirige el Comfer. Quizás, en años por venir y a lo mejor en otras condiciones generales, el Movimiento Cooperativo pueda terminar de salvar este obstáculo para las entidades de servicios públicos que ha quedado establecido.

Maimónides Joaquín Roquero
Secretario

Rodolfo Ángel Santecchia
Presidente

sábado, 31 de julio de 2004

Memoria del ejercicio Nº 8: (del 01/08/2003 al 31/08/2004)

El Ejercicio sujeto a Memoria se inició con un nuevo Gobierno Nacional comenzando sus actividades, y con gran expectativa con respecto al futuro. También la presencia de un nuevo Interventor en el COMFER produjo una sensación de esperanza en la CARCO, pues las relaciones con el anterior Interventor Eduardo Catervetti no habían sido buenas y en todo momento demostró que trabajaba con los mismos argumentos que habían generado la discriminación en tantos años de exclusión a las cooperativas y mutuales.

Sin cambiar el eje doctrinario aprobado en Santa Rosa meses antes, de participar en todas las instancias, tanto las políticas, como judiciales e institucionales, para profundizar la ofensiva estratégica, nuestra Comisión Directiva intentó un acercamiento a las nuevas autoridades del COMFER. Durante septiembre de 2003, se enviaron dos cartas al Interventor, Lic. Julio Bárbaro, con los mismos temas que aseguraban nuestras fortalezas. El siguiente extracto de una de ellas, demuestra esta vocación dialoguista: “El cooperativismo argentino quiere participar en radiodifusión, sin limitaciones, en igualdad con las otras sociedades lucrativas. Queremos invertir el dinero de nuestras comunidades en crear puestos de trabajo sustentables, reinversión permanente y cultura nacional…” En estas cartas se intentaba conseguir una audiencia, para tratar los ejes temáticos que son el permanente reclamo del sector de economía solidaria.

Mientras esperábamos respuestas a nuestros pedidos, el 8 de septiembre de ese año, se concretó el segundo fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en este caso en la acción de la Cooperativa Villa Santa Rosa, que vino a sumarse una semana después al exitoso fallo de la Asociación Mutual Carlos Mugica. Una sensación de alivio y de profunda esperanza se adueñó de este cuerpo, pues la contundencia de la sentencia ponía luz sobre un tema que tantos años había estado proscribiendo al cooperativismo y mutualismo argentino. Además, demostraba que había sido correcto el planteamiento estratégico al priorizar las acciones judiciales por sobre las gestiones políticas, en años de profunda inestabilidad como los vividos. En la gacetilla que se difundió desde nuestra Cámara en aquel entonces, se puede sintetizar ese logro y por ello creemos que es justo que se incluya íntegramente en esta Memoria: “La Cooperativa de Servicios Públicos y Sociales de Villa Santa Rosa de Río 1º de la Provincia de Córdoba, auspiciada por CARCO y patrocinada por el Dr. Miguel Julio Rodríguez Villafañe, logró también que la Corte Suprema de la Nación declarara la inconstitucionalidad del artículo 45 de la ley 22.285, en cuanto excluye a las personas jurídicas no comerciales del acceso a las licencias de radiodifusión.La Corte Suprema de Justicia de al Nación, con los votos de los Dres. Fayt, Belluscio, Petracchi, Boggiano, Vázquez, López y Maqueda, con la disidencia de Moliné O´Connor, el 8 de septiembre de 2003, desestimó el recurso deducido por el Comité Federal de Radiodifusión (COMFER) que había apelado la sentencia de la Cámara Federal de Córdoba. En su momento, el Dr. Miguel Julio Rodríguez Villafañe, en representación de la Cooperativa de Servicios Públicos y Sociales de Villa Santa Rosa de Río 1º, de la Provincia de Córdoba, con el auspicio de la Cámara Argentina de Cooperativas, Mutuales y Prestadores Comunitarios de Radiodifusión (CARCO), había deducido una acción declarativa de certeza para que se declare la inconstitucionalidad del artículo 45 de la ley 22285, en tanto excluye a las entidades sin fines de lucro del acceso a las licencias de radiodifusión.La Corte sostuvo en su nuevo resolutorio que se remitía en todos sus términos al fallo dictado la semana pasada por ella, en el amparo deducido por la Asociación Mutual Carlos Mujica”, titular de la radio “La Ranchada”, de la ciudad de Córdoba. En dicho pronunciamiento el máximo tribunal del país había establecido que el artículo 45 de la ley de radiodifusión es arbitrario al “excluir de un modo absoluto, sin sustento en un criterio objetivo razonable, a determinadas personas jurídicas de la posibilidad de acceder a una licencia de radiodifusión, por no haberse constituido en una sociedad comercial, lo que importa, en definitiva, una irrazonable limitación al derecho a expresarse libremente y de asociarse o no hacerlo”.Y, en su momento, agregó enfáticamente la Corte que, “el párrafo primero del artículo 45 de la ley citada y las normas dictadas en su consecuencia, en cuanto impiden que la cooperativa demandante pueda obtener una licencia por no constituirse en una sociedad comercial, resulta violatorio de los artículos 14, 16, 28 y 75 inciso 23 de la Constitución Nacional y del artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.Por lo que, tanto mutuales, cooperativas, radios comunitarias y demás asociaciones de la sociedad civil, de acuerdo a lo logrado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se les tiene que permitir acceder a la titularidad de licenciad de radiodifusión. Y será el Poder Judicial el que hará respetar dicho derecho, en tantas acciones como las que se planteen para tutelarlo, mientras los Poderes Legislativo y Ejecutivo no reformen la inconstitucional ley 22285 de 1980.”

Cuando vimos que desde el COMFER se demoraba la respuesta, nos preocupó la posibilidad que la historia volviera a repetirse, como luego comprobamos que efectivamente así ocurrió.

Pero la insistencia y el empeño que se manifestaron, permitió que finalmente el 15 de octubre de 2003nos recibiera el interventor. A ella asistieron Rodolfo Santecchia, Allan Miller, Joaquín Roquero y Alejandro Parino por CARCO, además de Carlos Mansilla y el Dr. Rodofili por COOPERAR. Por momentos la audiencia se tornó tensa; por la particular característica del interlocutor; pero luego se pudo avanzar a explicitar las posiciones nuestras y quedó claro que el Organismo estaba muy afectado por los fallos de la Corte y por el conjunto de acciones judiciales que se habían iniciado. CARCO intentó incidir para que el Interventor no prorrogara la suspensión de la venta de pliegos para servicios complementarios; pero se detectó que la política de estado que se seguiría sería otra.

En efecto, mediante la Resolución 1172/2003 del 3 de noviembre de ese año, el Organismo volvió a suspender la venta de pliegos, con lo cual demostró que su política no había cambiado desde los lejanos tiempos del Dr. Lopez en agosto de 2000. Además, en un reportaje publicado por esos días, Julio Bárbaro afirmó categóricamente “Las cooperativas eléctricas no deberían prestar servicio de televisión”... Todo volvía a ser como años antes.

Frente a esta actitud, CARCO responde internamente con una convocatoria a una reunión especial sobre radiodifusión para considerar los nuevos intentos de discriminación que se avecinaban por parte del Gobierno Nacional y cuál debía ser la estrategia de la Cámara frente a los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Esta se concreta el 14 de noviembre de 2003 en la sede de COOPERAR. En ella se resuelve continuar con las medidas aprobadas seis meses antes en Santa Rosa y aprovechar la fortaleza jurídica conseguida para profundizar acciones en Tribunales. Los debates políticos con el COMFER pasan a segundo plano, pues se decide que el Organismo implementa una política claramente anticooperativista.

Por esos días aparece publicado un extenso reportaje al presidente y secretario de CARCO en el portal sitiocooperativo.com.ar en el cual se califica a las políticas del Estado como de “doble discurso”.

Pero ese noviembre de 2003, fue un mes muy importante también pues en la localidad de Mattaldi se consiguió un fallo judicial encarado por la sociedad civil de esa localidad, que con el apoyo de CARCO, logró cambiar un fallo arbitrario del Organismo Regulador.

También la Comisión de Medios y Libertad de Expresión del Senado de la Nación, dictaminó el 18 de noviembre sobre un proyecto de ley para modificar el artículo 45 de la Ley de Radiodifusión de la dictadura. Si bien en ese dictamen se incorpora la posibilidad que las cooperativas y mutuales presten servicios, la CARCO consideró que era un proyecto gatopardista y que mantenía la esencia del viejo proyecto de modificación de la ley presentado durante la gestión de Fernando de la Rúa. Y como corolario del un mes muy activo, la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, declaró nuevamente inconstitucional el artículo 45, en el caso de la Cooperativa Telefónica de Villa del Totoral, patrocinada también por el Dr. Rodriguez Villafañe.

La ofensiva de CARCO llega a un punto culminante y el COMFER sólo puede intentar ganar algo de tiempo, pues se pone en marcha por parte de nuestra entidad una nueva ofensiva judicial, esta vez por vía de Amparo contra la suspensión de venta de pliegos. Se aplica la misma política de generar un “caso testigo” y una vez más se cuenta con el apoyo incondicional de la asociada Villa Santa Rosa de Río Primero. En su intento por ganar tiempo, el COMFER convoca a un absurdo y dilatorio “Censo Único de Organizaciones Colectivas Privadas mediante la Resolución 1174 del 4 de noviembre. Esa medida y algunas expresiones poco claras en algunos dirigentes ajenos a CARCO, que vieron en el accionar del Organismo el “inicio de políticas destinadas a favorecer a las cooperativas”, hicieron concluir el año con victorias resonantes en los estrados judiciales y apatía momentánea en las bases cooperativas.

En Febrero de 2003, quedó claro que la política del estado Nacional no había cambiado y que sólo se buscaba dilatar. Mientras se realizaba el Censo y el Organismo decía que la Corte “ha sentado una clara y contundente jurisprudencia en el sentido de permitir que las organizaciones colectivas privadas que no sean sociedades comerciales puedan acceder a procesos de adjudicación de licencias de radiodifusión...”, en Libertador General San Martín, provincia de Jujuy, el COMFER en su comparecencia ante el Tribunal Federal ante el requerimiento de la Cooperativa Telefónica local volvió a atacar duramente al sector de la economía solidaria. Incluso, en marzo, el mismo Interventor volvió a declarar "Si las cooperativas quieren dar cable, yo les digo que no". Y mientras tanto, prorrogó una vez más la venta de pliegos…

En Mayo, comenzaron las negociaciones con el nuevo Presidente de la Comisión de Telecomunicaciones e Informática de la Cámara de Diputados de la Nación, Osvaldo Nemirovsci, que mantuvo la mirada positiva hacia el sector no lucrativo, que había tenido anteriormente el Diputado Fondevila. Incluso, en los primeros contactos que sostenemos, comprobamos que este legislador tiene una gran vocación por lograr la modificación del artículo 45 de manera consensuada y favorable al cooperativismo. Los próximos meses fueron de acción en su despacho y en el de otros diputados de los distintos bloques legislativos.

Y ya en junio, la CARCO participó de las Jornadas “Sistema Nacional de medios Públicos: Análisis para un nuevo marco legal” que fuera convocada por la mencionada Comisión de Diputados. Llevamos una propuesta con los lineamientos generales de nuestro apoyo a un sistema de esas características; pero definimos claramente que la radiodifusión pública debería ser estatal y no gubernamental, que debería ser federal y no centralista, que debería financiarse con recursos públicos y no con publicidad y que debería formar parte de un sistema amplio donde también estén la radiodifusión comercial y la sin fines de lucro. En el marco de la Jornadas “Las telecomunicaciones como Herramienta de Integración” organizada por Fecotel y Fecosur disertó el diputado Osvaldo Nemirovsci en julio de 2004 y afirmó que es prioritario para su bloque el llegar a resolver el problema de las cooperativas y demás personas sin fines de lucro. De esa manera, concluyó uno de los ejercicios más productivos desde la creación de nuestra Cámara.



Sr. Maimónides Joaquín Roquero
Secretario

Dr. Rodolfo Ángel Santecchia
Presidente