martes, 31 de julio de 2007

Memoria del ejercicio 11º: (del 01/08/2006 al 31/08/2007)

El Ejercicio sometido a Memoria, no puede ser analizado fuera de contexto, ya que sobre el final del período anterior se dictó una Resolución importante, en la cual la CARCO tuvo una intensa actividad, que finalmente impacta en este año. En efecto, el 20/07/06, se dicta la Resolución 1242, cuyos efectos impactan de lleno en este Ejercicio Nº 11, iniciado el 1º de agosto de dicho año.
Ese acto administrativo, puede ser catalogado como uno de los actos de cinismo político más contundentes. En efecto, después que el sector de la economía no lucrativa debió enfrentar obstáculos de todo tipo para conseguir la modificación de la Ley de la dictadura militar y después que en el momento de la definitiva sanción de dicha norma, se viola nuevamente la Constitución Nacional, efectuándole modificaciones en la Cámara de origen al proyecto enviado por la Cámara revisora modificado con más de los dos tercios, el Órgano Regulador establece un procedimiento sin plazo y engañoso para establecer el reglamento que finalmente permita acceder a las cooperativas y mutuales a las licencias.
La CARCO desde el momento del dictado de esta Resolución, manifestó su oposición a la misma por las razones expuestas, que llevan a generar un censo de entidades sin fines de lucro, para “saber cuántas licencias se desean por estas entidades…”, es decir seguir demorando el inicio del ingreso de entidades sn fines de lucro en la radiodifusión y lo que es más grave aún establece la barrera al acceso más profunda que ningún gobierno dictatorial ni democrático estableció contra las cooperativas, pues suspende sine die la venta de pliegos. Es decir, tanto se profundizó la protección de mercado a los radiodifusores que habían obtenido sus licencias al amparo de la ley 22.285, que ni siquiera se toman los recaudos de establecerlas por plazos restringidos como hicieron los Interventores desde Julio López en adelante.
Pero como corresponde a una organización que debe templarse y seguir actuando en procura de conseguir resultados para sus asociadas, la Cámara gestionó y centralizó adecuadamente la presentación del censo de sus socias, lo que se concretó finalmente el 11de septiembre de 2006. Por otra parte, frente a la pomposa convocatoria a un “procedimiento de elaboración participativa del reglamento para el acceso a las licencias y prestación de los servicios complementarios de radiodifusión”, respondimos mediante la elaboración de un proyecto integral que fue elaborado internamente y presentado formalmente el 15 de septiembre de 2006, dentro de los plazos perentorios que se establecían. Ese proyecto, que está transcripto íntegramente en el Acta Nº 108 de la Comisión Directiva, sintetiza y demuestra el espíritu negociador de nuestra Cámara, aún frente a los actos más lamentables de las autoridades que siguen defendiendo las posiciones de mercado de quienes se aprovecharon de la discriminación a las personas jurídicas sin fines de lucro.
Hasta el cierre de este Ejercicio, aún el Comfer no había dado a conocer los resultados del Censo, ni del posible Reglamento que en teoría se estaba elaborando participativamente.
El 28 de agosto de 2006, mientras la Cámara estaba gestionando lo resuelto por la mencionada Resolución 1242/del 20/07/06, el Comfer dicta una nueva Resolución, que modifica el sistema de transferencias vigente hasta ese momento. El principal problema que se presenta con esta norma, es que una vez más deja afuera al sector no lucrativo. Así, al dejar sin efecto las Resoluciones 1110/01 y 536/05 y no aclarar la nueva situación jurídica que se había generado a partir de la modificación del artículo 45 de la vieja ley de radiodifusión, el Organismo regulador una vez más obliga a nuestra organización a oponernos a un acto administrativo dictado. En la resolución mencionada, se estableció un “Reglamento de procedimiento para la presentación de solicitudes de autorización de transferencia de acciones y/o cuotas y de titularidad de licencias de servicios de radiodifusión y de servicios complementarios de radiodifusión”. Pero nada se decía sobre las personas jurídicas no lucrativas, que desde la modificación de la ley eran sujetos de radiodifusión. Tanto es de grosero el olvido que en los considerandos hasta se habla de “reglamentar la ley 22285 y no se menciona la modificación de la Ley 26.053. Por ello, la CARCO solicita una consulta escrita para instar la clarificación del Organismo, con fecha 29/09/06 y lleva el tema al Consejo de Administración de Cooperar. La consulta nunca fue contestada formalmente; pero como se verá más abajo, luego se consigue el dictado de una nueva Resolución, que realmente trajo claridad y abrió las puertas a las transferencias de licencias hacia algunas cooperativas.
El 17 de octubre de 2006, el Comfer dictó la resolución 1831, que vino a determinar una gran corriente crítica por parte del sector cablero, ya sea del más concentrado, como de aquellas pequeñas empresas nucleadas en distintas organizaciones del sector. En efecto, mediante ese acto administrativo y fundándose en que los servicios de radiodifusión son de interés público y por tanto deben colaborar con el enriquecimiento cultural de la población, exigió que todos los licenciatarios de cable que tuvieran autorizaciones para incorporar en sus grillas más de quince canales, debían incluir obligatoriamente a la señal Encuentro del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y que era generado por Educ.ar Sociedad del estado.
El basamento jurídico sobre el cual se establecía la obligatoriedad, era el que por la Ley de radiodifusión vigente, los titulares de los servicios de radiodifusión debían efectuar transmisiones sin cargo para el Ministerio de Cultura y Educación de hasta el 7 % de sus emisiones diarias. A eso le agregaba que hacía un año atrás se había prorrogado las licencias a todos los que las estuvieran gozando, por diez años.
Evidentemente, que la obligación de incorporar dicho canal, como asimismo el hecho de tener que costear los cargos de equipamiento necesario para recibirlo y fundamentalmente el tener que incluirlo obligatoriamente dentro de las primeras quince señales de la grilla fue lo que hizo poner el grito en el cielo a quienes poseían licencias. Desde CARCO, como siempre ha ocurrido, nuestra posición no estuvo determinada por cuestiones de ideología de mercado, sino que nos pareció bien que los organismos estatales se ocuparan de generar señales culturales, ya el sector cooperativo lo estaba haciendo con Canal 6 Televisión Cooperativa y sin ningún apoyo extra. También apoyamos que esas señales debían ocupar espacios destacados, y nuestra posición no fue la de boicot que otros protagonistas del sector de radiodifusión manifestaron. Antes bien, aconsejamos a nuestras asociadas, que se cumpliera estrictamente con dicha Resolución. Luego, cuando la señal fue incluida y se la vio efectivamente, se pudo percibir que era un producto bien concebido y armado con profesionalismo. Pero en realidad, lo importante es que si bien sostenemos la autonomía de cada operador para armar la grilla según sus convicciones, posibilidades y libertad, aceptamos que las políticas públicas de aporte directo a la educación deben ser sostenidas por los licenciatarios. Eso no es equivalente a un control total por parte del estado, que no aceptamos, pero si indica racionalidad en el equilibrio entre el interés general y los derechos individuales. Incluir Encuentro en las condiciones establecidas no nos pareció que violaba ningún derecho de los licenciatarios.
Otro hito importante en la larga lucha por dotar de derechos igualitarios al sector cooperativo y no lucrativo en general, se consiguió con el dictado de la Resolución del Comfer 1831 del 20 de octubre de 2006, ya que en ella y luego de intensas gestiones que se realizaron frente al Organismo, con el acompañamiento de Cooperar, finalmente se estableció un régimen simplificado para las transferencias de licencias o la incorporación de cooperativas en sociedades licenciatarias. Es muy importante que como resultado de la entrevista que nuestro Presidente junto al Presidente de Cooperar tuvieran con un funcionario de primer nivel del Comfer, al cual se le hizo entrega del proyecto de CARCO para la redacción del Pliego para servicios complementarios, se dictó pocos días después la mencionada Resolución que vino a modificar lo establecido en la Resolución Nº 1488 del mismo año, a la cual la Cámara se opuso tenazmente. Esos meses de mitad del año 2006, fueron decisivos en la larga marcha por equiparar los derechos del sector cooperativo y son motivo de análisis tanto en este Ejercicio, como en el anterior.
Por ello, la Cámara recoge como significativo, que no solamente se consiguió modificar el artículo 45 de la ley, sino también con esta Resolución 1831, se consigue derogar dos resoluciones anteriores, que venían trabando cualquier intento de transferencias de licencias. Concretamente la Nº 441 de 1998, la cual en su momento había generado una pequeña luz en el proceso de permitir que las cooperativas pudieran ingresar en las sociedades licenciatarias y que por tanto mereció un apoyo limitado de CARCO y la 606 de 2001, que había interpretado restrictivamente la anterior Resolución. De esa manera, el sector cooperativo hasta se vio limitado en la posibilidad de acceder como socio a sociedades licenciatarias, si en ellas podía tener el “control de la voluntad social”. Gracias a esta nueva Resolución, se superó años de idas y vueltas, aun en la posibilidad de ingresar en sociedades anónimas. Pero al resolverse en dicha Resolución sobre la posibilidad de que las mismas licencias sean transferidas directamente a cooperativas, se abría las puertas a la regularización de más de una centena de entidades que estaban prestando servicios a través de otras figuras jurídicas. Si bien el uso efectivo de esta resolución y sus efectos demoró al principio, en los años por venir con seguridad darán lugar a que varias cooperativas sean directamente licenciatarias, aun de servicios públicos, pese a la prohibición establecida por la Ley 26.053. Eso con seguridad y dados los tiempos de trámites, se comenzará a ver desde el Ejercicio próximo. Haber gestionado esta Resolución, es otro logro que debe computarse como un éxito de CARCO
También es de destacar, que durante el Ejercicio sometido a Memoria, el Comfer dictó la Resolución Nº 214 del 13 de abril de 2007, con la cual se reglamentaban las condiciones por las cuales el Organismo aseguraba a los licenciatarios los beneficios otorgados por el Decreto 527 de 2005 del Poder Ejecutivo Nacional. En el mismo, se había extendido por diez años los plazos de las licencias o sus prórrogas que estuvieran transcurriendo. Esta norma fue vista en su momento con cautela por nuestra Cámara, pues impedía nuevos llamados a concursos para servicios abiertos y además, aseguraba el goce de porciones de espectro escasas, para aquellos que hubieran obtenido sus licencias bajo la vigencia de la anterior Ley de Radiodifusión con las restricciones totales al sector no lucrativo que establecía el viejo artículo 45 y que se había modificado parcialmente por nuestra iniciativa y tesón, hacía pocos meses.
Sin embargo, frente a la reglamentación que significaba la mencionada Resolución, la Cámara evaluó su contenido y luego determinó y así se lo comunicó a sus asociadas, que aquellas que tuvieran a Canal 6 Televisión Cooperativa como su canal local, podrían gestionar el cumplimiento establecido en la misma, ya que precisamente el objetivo de ese canal es el de difundir la cultura nacional y propender a la educación de la población como se expresa en ese texto legal. Precisamente, los espacios de programación de ese carácter son los que mayoritariamente cuenta esa señal. Con respecto a la incorporación de tecnología para modernizar los servicios licenciados (cables en su mayoría), se dejó a cada caso en particular ofrecer esas alternativas.
Esto se difundió ampliamente y CARCO gestionó la presentación de aquellos formularios que se le solicitaron de manera centralizada.
Durante el resto del Ejercicio, se siguió insistiendo en todos los ámbitos en los cuales participa la Cámara, en la necesidad de incluir como un tema de agenda importante la necesidad que se vendieran los pliegos para servicios complementarios, que precisamente habían sido suspendidos sin plazo durante el mismo período.

Maimónides Joaquín Roquero
Secretario

Rodolfo Angel Santecchia
Presidente

lunes, 31 de julio de 2006

Memoria del ejercicio Nº 10 (del 01/08/2005 al 31/08/2006)

Este Ejercicio encuentra a nuestra Cámara en el umbral de la modificación del artículo 45 de la Ley 22.285, para permitir el ingreso a otras personas jurídicas no comerciales a la actividad de la radiodifusión.
Un largo camino se cerrará de esa manera a la estrategia aprobada a finales de 2001 por nuestra organización en el sentido de utilizar todas las vías legales posibles para enfrentar la discriminación que llegó de la mano del final de la dictadura militar y que desgraciadamente ha sido convalidada durante todos estos años de democracia.
Como recuerdo queda que de ese cambio de estrategia, se aprobó el inicio de la “vía judicial” como prioritario en la lucha de la CARCO y que ese mecanismo concretó en septiembre de 2003 los famosos fallos de inconstitucionalidad, que pusieron en un brete legal al Gobierno Nacional de ese momento, el cual no pudo continuar sin operar la modificación de la ley.
A pesar que el Interventor Del Comfer, Julio Bárbaro no se manifestara claramente a favor de que el sector de la economía solidaria pudiera ser prestador de servicios de radiodifusión, el hecho que existían dos fallos de la Corte Suprema de Justicia condicionó gravemente esa desobediencia.
Así se intentó primero quitar de contenido esos fallos y generar una modificación engañosa y gatopardista de dicho artículo, permitiendo a las empresas sin fines de lucro el acceso con enorme cantidad de condicionamientos, lo cual tornaba imposible de cumplir. Esa política se instrumentó con gran celeridad en el Senado de la Nación y así la media sanción de dicha modificación se convirtió en un nuevo obstáculo que debía vencer el sector para romper la discriminación.
Cuando el proyecto con media sanción llega a Diputados para su revisión, CARCO determina que es imprescindible la unidad total del Movimiento Cooperativo si se quiere revertir ese anteproyecto y volverlo razonable. Así se trabaja mancomunadamente con Cooperar, que al tener en su seno a todas las federaciones de cooperativas de servicios que aspiraban a ser radiodifusoras, nos garantizaba que podríamos afrontar con chances la incidencia dificilísima que habría que hacer ante los Diputados. Con esa acción, silenciosa y constante, se fue avanzando a nivel de la flamante Comisión de Informática y Comunicaciones de la Cámara Baja aún en momentos que el Movimiento Cooperativo de las ramas eléctricas y telefónica estaba frente a distintos temas estratégicos particulares que obstaculizaban la visión sobre esta problemática, que a veces parecía algo alejado de sus necesidades inmediatas.
Se fueron tejiendo acuerdos parciales y lentamente, con la buena predisposición de muchos Diputados de distintas bancadas; pero principalmente de Osvaldo Nemirovci, presidente de esa Comisión, de Margarita Solbitzer y Héctor Polino por la oposición. Así al texto retrógrado y engañoso del anteproyecto del Senado, se le logró introducir algunos contenidos que liberaban más las alternativas que todas las cooperativas, aún las de servicios públicos pudieran acceder a licencias. No fue sencillo, pues los fuertes intereses concentrados que frenaban la modificación de la ley, mantenían una fuerte presión sobre los legisladores.
Cerca del momento en que se debía llevar al recinto y en vistas a que era imposible convalidar en ese momento la posibilidad que no existieran condicionamientos a las cooperativas de servicios públicos, se llevó a cabo una reunión con los distintos protagonistas de los distintos partidos, en la sede de Cooperar, donde se acordó una fórmula que convalidaba la situación de poder existente en ese momento para el Movimiento Cooperativo.
Así se aceptó la limitación que la Comisión había acordado en su seno para que se entregaran licencia de servicios complementarios directamente a una cooperativa de servicios públicos si en la localidad existía otro prestador dando el servicio regularmente; pero se estableció, que en caso que ello ocurriera, el Organismo regulador la entregaría atendiendo al “interés de la población”. De esa manera, se menguaba la prohibición lisa y llana y se encontraba una fórmula que permitiera conseguir más de los dos tercios necesarios para modificar el proyecto llegado desde el Senado. Todas las partes estuvieron de acuerdo y justo es reconocer, que la votación en el recinto días después convalidó esos acuerdos previos. Hubo coincidencia en aceptar el nivel de poder político de reformar una ley tan paradigmática, con algunas limitaciones.
Con ese cierre de 2004, y el Senado como Cámara de origen nuevamente estudiando el proyecto, se inició el año 2005. A pesar de las múltiples declaraciones de funcionarios y legisladores que el tema se resolvería a más tardar en abril de 2005, hubo que esperar hasta el 17 de agosto de ese año, ya en nuestro Ejercicio 10º en curso, para que el Senado aprobara la modificación, aunque con una medida que violó el artículo 81 de la Constitución Nacional, ya que le hizo modificaciones al proyecto que llegaba desde Diputados, algo que la Carta Magna prohíbe.
Le cambió el texto acordado con tanto trabajo, suprimiendo la frase que se menciona más arriba, con lo cual si en una localidad hay un prestador de radiodifusión, queda expresamente prohibido otorgarle otra licencia a una cooperativa de servicios públicos. Si bien en esto se retrocedió, las otras modificaciones que introdujo Diputados fueron convalidadas, con lo cual se logró que: a) el decreto - ley de la dictadura fue modificada por ley del Congreso. b) todas las personas jurídicas sin fines de lucro pasaron a ser potenciales radiodifusoras. c) En muchas localidades donde existían empresas comerciales paralelas vinculadas a las cooperativas de servicios públicos, se podía regularizar su situación y pasar a ser licenciatarias directamente.
No se consiguió incorporar a las cooperativas de servicios públicos donde hubiera otro prestador y eso fue visualizado como “un objetivo no alcanzado”. Sin embargo, en un proceso tan largo y complejo como es éste, es imprescindible que la Cámara vaya fijando prioridades en cada momento, de acuerdo a las condiciones políticas y de organización del Movimiento Cooperativo. Debemos reconocer que cuando dos años atrás habíamos convocado a desatar una seguidilla de juicios de inconstitucionalidad, aún cuando la ley no había sido reformada, fueron apenas un puñado las cooperativas que lo hicieron. Eso le dio una visión al Comfer que había sido sorprendido por los fallos de la Corte a pocos meses de su asunción, que la fortaleza política de lo que Carco había conseguido no era correspondida en la base. Eso sin lugar a dudas, también fue analizado por quienes se oponían a los esfuerzos que se estaban desplegando y retomaron con mayor ímpetu su acción de incidencia en Senadores, que fue donde consiguieron los mayores resultados. Nuestra precepción explicitada en el Congreso de Santa Rosa en abril de 2003, en el sentido que debíamos como Movimiento hacer el máximo esfuerzo “por romper el equilibrio estratégico de fuerzas” entre quienes buscábamos el fin de la discriminación y quienes lo apoyaban, había tenido un efecto importante; pero insuficiente. Grandes lecciones ha entregado la CARCO al Movimiento Solidario. Una de ella fue que se deben utilizar todas las vías de incidencia para conseguir resultados, tanto la política frente a los poderes ejecutivos y la judicial si es necesario. Otra fue que en las instancias de debate legislativo, se debe buscar los máximos acuerdos posibles con la mayor cantidad de fuerzas políticas posibles. Nunca hay que limitarse ni plantearse objetivos imposibles en esta instancia. Y la que es también importante, es que la fortaleza de la incidencia debe mantenerse y acrecentarse permanentemente en el proceso de debate. A todas las instancias, por ejemplo Diputados y Senadores. Nunca creer que ya esté todo logrado hasta que no aparece la ley publicada en el Boletín Oficial. El Movimiento Cooperativo, durante el año 2004 y la mitad del 2005, se replegó en las acciones de presión y eso fue la principal causa del fracaso en el objetivo no alcanzado. Por más que CARCO buscó vías de llegada ante el Senado, también debemos reconocer que nuestra fe democrática nos jugó una mala pasada, pues nunca creímos que esa Cámara violara la Constitución en el momento de sancionar la Ley. Hora ya lo sabemos que nunca hay que bajar los brazos.
Sin embargo, la evaluación es que de una forma o de otra, la ley fue modificada y ya hoy las cooperativas en general y las mutuales y las asociaciones civiles, los sindicatos y toda organización no lucrativa, pueden ser licenciatarias. Viene ahora el trabajo de conseguir una buena reglamentación de esta Ley 26.053 y cambiar el eje de la incidencia del Poder legislativo al Poder Ejecutivo, que es quien dirige el Comfer. Quizás, en años por venir y a lo mejor en otras condiciones generales, el Movimiento Cooperativo pueda terminar de salvar este obstáculo para las entidades de servicios públicos que ha quedado establecido.

Maimónides Joaquín Roquero
Secretario

Rodolfo Ángel Santecchia
Presidente

sábado, 31 de julio de 2004

Memoria del ejercicio Nº 8: (del 01/08/2003 al 31/08/2004)

El Ejercicio sujeto a Memoria se inició con un nuevo Gobierno Nacional comenzando sus actividades, y con gran expectativa con respecto al futuro. También la presencia de un nuevo Interventor en el COMFER produjo una sensación de esperanza en la CARCO, pues las relaciones con el anterior Interventor Eduardo Catervetti no habían sido buenas y en todo momento demostró que trabajaba con los mismos argumentos que habían generado la discriminación en tantos años de exclusión a las cooperativas y mutuales.

Sin cambiar el eje doctrinario aprobado en Santa Rosa meses antes, de participar en todas las instancias, tanto las políticas, como judiciales e institucionales, para profundizar la ofensiva estratégica, nuestra Comisión Directiva intentó un acercamiento a las nuevas autoridades del COMFER. Durante septiembre de 2003, se enviaron dos cartas al Interventor, Lic. Julio Bárbaro, con los mismos temas que aseguraban nuestras fortalezas. El siguiente extracto de una de ellas, demuestra esta vocación dialoguista: “El cooperativismo argentino quiere participar en radiodifusión, sin limitaciones, en igualdad con las otras sociedades lucrativas. Queremos invertir el dinero de nuestras comunidades en crear puestos de trabajo sustentables, reinversión permanente y cultura nacional…” En estas cartas se intentaba conseguir una audiencia, para tratar los ejes temáticos que son el permanente reclamo del sector de economía solidaria.

Mientras esperábamos respuestas a nuestros pedidos, el 8 de septiembre de ese año, se concretó el segundo fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en este caso en la acción de la Cooperativa Villa Santa Rosa, que vino a sumarse una semana después al exitoso fallo de la Asociación Mutual Carlos Mugica. Una sensación de alivio y de profunda esperanza se adueñó de este cuerpo, pues la contundencia de la sentencia ponía luz sobre un tema que tantos años había estado proscribiendo al cooperativismo y mutualismo argentino. Además, demostraba que había sido correcto el planteamiento estratégico al priorizar las acciones judiciales por sobre las gestiones políticas, en años de profunda inestabilidad como los vividos. En la gacetilla que se difundió desde nuestra Cámara en aquel entonces, se puede sintetizar ese logro y por ello creemos que es justo que se incluya íntegramente en esta Memoria: “La Cooperativa de Servicios Públicos y Sociales de Villa Santa Rosa de Río 1º de la Provincia de Córdoba, auspiciada por CARCO y patrocinada por el Dr. Miguel Julio Rodríguez Villafañe, logró también que la Corte Suprema de la Nación declarara la inconstitucionalidad del artículo 45 de la ley 22.285, en cuanto excluye a las personas jurídicas no comerciales del acceso a las licencias de radiodifusión.La Corte Suprema de Justicia de al Nación, con los votos de los Dres. Fayt, Belluscio, Petracchi, Boggiano, Vázquez, López y Maqueda, con la disidencia de Moliné O´Connor, el 8 de septiembre de 2003, desestimó el recurso deducido por el Comité Federal de Radiodifusión (COMFER) que había apelado la sentencia de la Cámara Federal de Córdoba. En su momento, el Dr. Miguel Julio Rodríguez Villafañe, en representación de la Cooperativa de Servicios Públicos y Sociales de Villa Santa Rosa de Río 1º, de la Provincia de Córdoba, con el auspicio de la Cámara Argentina de Cooperativas, Mutuales y Prestadores Comunitarios de Radiodifusión (CARCO), había deducido una acción declarativa de certeza para que se declare la inconstitucionalidad del artículo 45 de la ley 22285, en tanto excluye a las entidades sin fines de lucro del acceso a las licencias de radiodifusión.La Corte sostuvo en su nuevo resolutorio que se remitía en todos sus términos al fallo dictado la semana pasada por ella, en el amparo deducido por la Asociación Mutual Carlos Mujica”, titular de la radio “La Ranchada”, de la ciudad de Córdoba. En dicho pronunciamiento el máximo tribunal del país había establecido que el artículo 45 de la ley de radiodifusión es arbitrario al “excluir de un modo absoluto, sin sustento en un criterio objetivo razonable, a determinadas personas jurídicas de la posibilidad de acceder a una licencia de radiodifusión, por no haberse constituido en una sociedad comercial, lo que importa, en definitiva, una irrazonable limitación al derecho a expresarse libremente y de asociarse o no hacerlo”.Y, en su momento, agregó enfáticamente la Corte que, “el párrafo primero del artículo 45 de la ley citada y las normas dictadas en su consecuencia, en cuanto impiden que la cooperativa demandante pueda obtener una licencia por no constituirse en una sociedad comercial, resulta violatorio de los artículos 14, 16, 28 y 75 inciso 23 de la Constitución Nacional y del artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.Por lo que, tanto mutuales, cooperativas, radios comunitarias y demás asociaciones de la sociedad civil, de acuerdo a lo logrado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se les tiene que permitir acceder a la titularidad de licenciad de radiodifusión. Y será el Poder Judicial el que hará respetar dicho derecho, en tantas acciones como las que se planteen para tutelarlo, mientras los Poderes Legislativo y Ejecutivo no reformen la inconstitucional ley 22285 de 1980.”

Cuando vimos que desde el COMFER se demoraba la respuesta, nos preocupó la posibilidad que la historia volviera a repetirse, como luego comprobamos que efectivamente así ocurrió.

Pero la insistencia y el empeño que se manifestaron, permitió que finalmente el 15 de octubre de 2003nos recibiera el interventor. A ella asistieron Rodolfo Santecchia, Allan Miller, Joaquín Roquero y Alejandro Parino por CARCO, además de Carlos Mansilla y el Dr. Rodofili por COOPERAR. Por momentos la audiencia se tornó tensa; por la particular característica del interlocutor; pero luego se pudo avanzar a explicitar las posiciones nuestras y quedó claro que el Organismo estaba muy afectado por los fallos de la Corte y por el conjunto de acciones judiciales que se habían iniciado. CARCO intentó incidir para que el Interventor no prorrogara la suspensión de la venta de pliegos para servicios complementarios; pero se detectó que la política de estado que se seguiría sería otra.

En efecto, mediante la Resolución 1172/2003 del 3 de noviembre de ese año, el Organismo volvió a suspender la venta de pliegos, con lo cual demostró que su política no había cambiado desde los lejanos tiempos del Dr. Lopez en agosto de 2000. Además, en un reportaje publicado por esos días, Julio Bárbaro afirmó categóricamente “Las cooperativas eléctricas no deberían prestar servicio de televisión”... Todo volvía a ser como años antes.

Frente a esta actitud, CARCO responde internamente con una convocatoria a una reunión especial sobre radiodifusión para considerar los nuevos intentos de discriminación que se avecinaban por parte del Gobierno Nacional y cuál debía ser la estrategia de la Cámara frente a los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Esta se concreta el 14 de noviembre de 2003 en la sede de COOPERAR. En ella se resuelve continuar con las medidas aprobadas seis meses antes en Santa Rosa y aprovechar la fortaleza jurídica conseguida para profundizar acciones en Tribunales. Los debates políticos con el COMFER pasan a segundo plano, pues se decide que el Organismo implementa una política claramente anticooperativista.

Por esos días aparece publicado un extenso reportaje al presidente y secretario de CARCO en el portal sitiocooperativo.com.ar en el cual se califica a las políticas del Estado como de “doble discurso”.

Pero ese noviembre de 2003, fue un mes muy importante también pues en la localidad de Mattaldi se consiguió un fallo judicial encarado por la sociedad civil de esa localidad, que con el apoyo de CARCO, logró cambiar un fallo arbitrario del Organismo Regulador.

También la Comisión de Medios y Libertad de Expresión del Senado de la Nación, dictaminó el 18 de noviembre sobre un proyecto de ley para modificar el artículo 45 de la Ley de Radiodifusión de la dictadura. Si bien en ese dictamen se incorpora la posibilidad que las cooperativas y mutuales presten servicios, la CARCO consideró que era un proyecto gatopardista y que mantenía la esencia del viejo proyecto de modificación de la ley presentado durante la gestión de Fernando de la Rúa. Y como corolario del un mes muy activo, la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, declaró nuevamente inconstitucional el artículo 45, en el caso de la Cooperativa Telefónica de Villa del Totoral, patrocinada también por el Dr. Rodriguez Villafañe.

La ofensiva de CARCO llega a un punto culminante y el COMFER sólo puede intentar ganar algo de tiempo, pues se pone en marcha por parte de nuestra entidad una nueva ofensiva judicial, esta vez por vía de Amparo contra la suspensión de venta de pliegos. Se aplica la misma política de generar un “caso testigo” y una vez más se cuenta con el apoyo incondicional de la asociada Villa Santa Rosa de Río Primero. En su intento por ganar tiempo, el COMFER convoca a un absurdo y dilatorio “Censo Único de Organizaciones Colectivas Privadas mediante la Resolución 1174 del 4 de noviembre. Esa medida y algunas expresiones poco claras en algunos dirigentes ajenos a CARCO, que vieron en el accionar del Organismo el “inicio de políticas destinadas a favorecer a las cooperativas”, hicieron concluir el año con victorias resonantes en los estrados judiciales y apatía momentánea en las bases cooperativas.

En Febrero de 2003, quedó claro que la política del estado Nacional no había cambiado y que sólo se buscaba dilatar. Mientras se realizaba el Censo y el Organismo decía que la Corte “ha sentado una clara y contundente jurisprudencia en el sentido de permitir que las organizaciones colectivas privadas que no sean sociedades comerciales puedan acceder a procesos de adjudicación de licencias de radiodifusión...”, en Libertador General San Martín, provincia de Jujuy, el COMFER en su comparecencia ante el Tribunal Federal ante el requerimiento de la Cooperativa Telefónica local volvió a atacar duramente al sector de la economía solidaria. Incluso, en marzo, el mismo Interventor volvió a declarar "Si las cooperativas quieren dar cable, yo les digo que no". Y mientras tanto, prorrogó una vez más la venta de pliegos…

En Mayo, comenzaron las negociaciones con el nuevo Presidente de la Comisión de Telecomunicaciones e Informática de la Cámara de Diputados de la Nación, Osvaldo Nemirovsci, que mantuvo la mirada positiva hacia el sector no lucrativo, que había tenido anteriormente el Diputado Fondevila. Incluso, en los primeros contactos que sostenemos, comprobamos que este legislador tiene una gran vocación por lograr la modificación del artículo 45 de manera consensuada y favorable al cooperativismo. Los próximos meses fueron de acción en su despacho y en el de otros diputados de los distintos bloques legislativos.

Y ya en junio, la CARCO participó de las Jornadas “Sistema Nacional de medios Públicos: Análisis para un nuevo marco legal” que fuera convocada por la mencionada Comisión de Diputados. Llevamos una propuesta con los lineamientos generales de nuestro apoyo a un sistema de esas características; pero definimos claramente que la radiodifusión pública debería ser estatal y no gubernamental, que debería ser federal y no centralista, que debería financiarse con recursos públicos y no con publicidad y que debería formar parte de un sistema amplio donde también estén la radiodifusión comercial y la sin fines de lucro. En el marco de la Jornadas “Las telecomunicaciones como Herramienta de Integración” organizada por Fecotel y Fecosur disertó el diputado Osvaldo Nemirovsci en julio de 2004 y afirmó que es prioritario para su bloque el llegar a resolver el problema de las cooperativas y demás personas sin fines de lucro. De esa manera, concluyó uno de los ejercicios más productivos desde la creación de nuestra Cámara.



Sr. Maimónides Joaquín Roquero
Secretario

Dr. Rodolfo Ángel Santecchia
Presidente

miércoles, 10 de septiembre de 2003

Reportaje al presidente de CARCO. (10/09/2003)

REPORTAJE AL PRESIDENTE DE CARCO



Dr. Rodolfo Ángel Santecchia


Actualidad Cooperativa: Hace pocas horas se conoció el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación declarando la inconstitucionalidad de la ley de radiodifusión en el caso de la Cooperativa de Santa Rosa de Río Primero en la provincia de Córdoba ¿Cuáles son sus primeras impresiones?


RAS: Además de la lógica y profunda alegría que nos embarga, nuestros primeros pensamientos son hacia la responsabilidad que el Movimiento Cooperativo hoy tiene por delante. Estos ocho días que van desde el 1º de septiembre en el que sale la sentencia de inconstitucionalidad del caso de la Mutual Carlos Mugica hasta el momento en el que fuimos notificados de la sentencia favorable en el caso de la cooperativa de Villa Santa Rosa, creemos que hemos sepultado definitivamente a la discriminación establecida en el decreto de la tiranía denominada pomposamente “ley de radiodifusión” y que veinte años de democracia no lograron modificar.


Actualidad Cooperativa: Sin embargo, hay una duda en todo el ambiente cooperativo que podría sintetizarse en ¿Por qué se esperó tanto tiempo?


RAS: Es cierto, la larga espera del cooperativismo en llegar hasta la justicia parte de una idea que a veces tenemos los dirigentes, de no llegar a juicios, pues la confrontación es ajena a nuestra idiosincrasia. Sin embargo, creemos que ese pensamiento genérico, que compartimos en lo que se refiere a la búsqueda consensuada de acuerdos, en realidad encierra un mito, pues recurrir a la justicia en busca de la protección de nuestros derechos violados, no es confrontar, antes bien es defenderse, es buscar un tercero imparcial que defina un conflicto que nosotros no creamos ni iniciamos.
Actualidad Cooperativa: ¿Es como creer que los tribunales son lugares de los que los cooperativistas deben huir?


RAS: Algo así. Pero quizás es peor, pues a los Tribunales recurrimos generalmente cuando nos demandan, la opción de recurrir a ellos para defender nuestros derechos a veces está adormecida. Y cuando alguna cooperativa decide la vía judicial para encontrar respuestas que la política no da, el resto mira “desde la tribuna”. Es el famoso “animémonos y vayan”, donde somos muy proclives los cooperativistas a dejar solo a quien lucha. O por lo menos, a darle nuestro apoyo “moral”; pero con poco compromiso efectivo.


Actualidad Cooperativa: ¿Y con este caso que hoy determinó esta sentencia de la Corte, ocurrió algo similar?


RAS: No, este caso fue planteado de distinta manera, pues la acción que se entabló fue producto de una minuciosa estrategia planificada en CARCO. Este juicio se inscribe en ese plan, no es un hecho aislado de una cooperativa de base. Forma parte de un plan general. Eso es lo importante.





Actualidad Cooperativa: ¿Es decir que hubo un plan general que impulsó la acción?
RAS: Totalmente. Nada se improvisó, nada es aleatorio ni fruto de alguna concesión de los poderes públicos… Precisamente en Santa Rosa La Pampa, en abril de este año, en ocasión del 1º Congreso Nacional de Cooperativismo y Radiodifusión se explicitó la tesis que el cooperativismo, en esta materia se encuentra en una situación de “ofensiva estratégica” y que si bien ese estado no puede ser permanente y la inacción puede cambiar drásticamente la situación, los que favorecen la discriminación apoyados por buena parte del arco político que temen a los grandes medios de comunicación, tampoco tiene capacidad política, ni jurídica como para hacernos retroceder a la defensiva en que habíamos estado desde 1981 hasta 1996.




Actualidad Cooperativa: ¿Por la forma de expresarlo, da la idea de una guerra, parecen técnicas militares?


RAS: No es una guerra, porque uno de los supuestos bandos, el cooperativismo, precisamente no hace eso. Nosotros somos pacíficos a ultranza. Sin embargo, los conceptos de estrategia a los cuales nos referimos, tienen que ver con una justa lucha de años en la cual muchísimas organizaciones del sector de la economía solidaria han combatido la discriminación establecida por la última tiranía. En esto no tenemos que ser ingenuos, que puede llevarnos a errores, quienes están enfrentándonos son muy poderosos y cuentan con el apoyo de infinidad de políticos y ponen y sacan a funcionarios en los organismos reguladores. Hay un famoso dicho que en la Argentina es más fácil reformar la Constitución que cambiar la ley de radiodifusión... y lo triste del caso es que así ocurrió… Bien, frente a ese panorama, en CARCO comprendimos que sin estrategia de largo plazo que dispusiera multiplicidad de herramientas de lucha, sin acciones permanentes y coordinadas en todos los terrenos, tanto el político, como el legislativo y el judicial y sin una férrea unidad de todo el cooperativismo y mutualismo, sería imposible derrotar a quienes se beneficiaron en estos veinte años con la discriminación al sector de la economía solidaria. En realidad la guerra la hacen ellos, los que hoy disponen la exclusividad en la radiodifusión gracias a Viola y a veinte años de políticos genuflexos. Usan armas mentirosas, innobles, sucias…


Actualidad Cooperativa: ¿Y cómo fue la historia de este caso?


RAS: A este caso se llega luego del proceso de Audiencias Públicas que a mediados de 2001 se desarrollaron en todo el país, convocadas por la Comisión de Comunicaciones e Informática de la Cámara de Diputados. En ellas se debatió en profundidad el proyecto de ley que había enviado el Poder Ejecutivo y otros proyectos originados en varios grupos de Diputados y quedó en evidencia que uno de los puntos conflictivos seguía siendo la discriminación hacia el sector de la economía solidaria. Luego que ese proceso concluyera sin la sanción de una ley, y la situación política del país se deteriorara rápidamente, CARCO reorientó sus prioridades al campo judicial. De esa manera, hicimos pasar al primer plano esta vía, que estaba latente y disminuimos simultáneamente los esfuerzos que se le dedicaban a las acciones parlamentarias y al impulso de nuestro propio proyecto de ley.
Actualidad Cooperativa: ¿Es decir que cuando se vio que la ley no se modificaría Uds. encararon acciones judiciales?


RAS: No es exactamente así. Como le explicaba antes, la CARCO desarrolló una estrategia integral con acciones políticas, ante los distintos gobiernos, promovimos el debate social del tema, mantuvimos negociaciones con los cableros privados, gestionamos ante el Comfer, unificamos el cooperativismo alrededor de nuestra entidad, presentamos un proyecto de ley integral de radiodifusión y cinco ponencias en las Audiencias Públicas, y estuvimos presentes en cuanto acto o evento se realizase dando el debate doctrinario y filosófico. Pero simultáneamente estudiamos a fondo las posibles salidas judiciales. Como se sabe, una ley es cambiada por el Poder Legislativo y a veces con los Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo; pero siempre es interpretada por el Poder Judicial. Lo que hicimos fue abrir la única vía que nunca intentó el cooperativismo. Sin embargo, no cerramos las otras, fue parte de una política compleja que veníamos desarrollando.




Actualidad Cooperativa: ¿Y cómo fue este paso?


RAS: Por empezar, salimos de la encerrona histórica en la cual a veces se nos pone a las organizaciones cooperativas, de pensar que los mejores abogados, los mejores estudios están en Buenos Aires. No habíamos tenido buenas experiencias en ese campo antes y sin desmerecer a nadie, buscamos al mejor profesional argentino en la materia, alguien que además de ser buen abogado, de tener grandes conocimientos y reconocimiento local e internacional, fuera capaz de comprometerse a fondo con la causa del sector de la economía solidaria. En definitiva, alguien a quien le aflorara desde la piel su vocación de lucha contra la discriminación. La persona indicada fue el Dr. Miguel Julio Rodríguez Villafañe, abogado cordobés quien ya había llevado por voluntad y convencimiento el caso de la pequeña radio comunitaria La Ranchada de esa ciudad y lo había ganado en una acción de amparo. Como con él nos unían lazos previos, fue muy fácil ponernos de acuerdo, de allí a elaborar un plan jurídico de acción casi no tubo demoras y como existía decisión en CARCO y el apoyo irrestricto de COLSECOR, en pocos días buscamos una cooperativa que pudiera hacer de “caso testigo”. Entre varias potenciales, la que reunía todos los requisitos era la Cooperativa de Servicios Públicos Villa Santa Rosa Ltda. El Consejo de Administración de la misma aprobó la propuesta y se mostró complacida con el apoyo que recibiría de todo el cooperativismo. En menos de un mes se habían iniciado las acciones y el 28 de diciembre de ese mismo año hubo sentencia de primera instancia.



Es decir que este juicio se inició siendo Presidente el Dr. Fernando de la Rúa, cuyos funcionarios contestaron la demanda, la sentencia inicial es cuando estaba del Dr. Rodríguez Saa, la apelación la hizo el Comfer con el Dr. Duhalde ya Presidente y cuando en junio de 2002 vuelve a perder frente a la Cámara de Apelaciones, es el mismo Comfer el que apela, pocos días después que en Olivos Duhalde le hubiera prometido a 700 dirigentes cooperativos que “en cuestión de días” resolvería el problema de las cooperativas. Ese mismo Comfer apeló ante la Corte por vía de Recurso Extraordinario y bueno, el día 8 de septiembre de 2003 tuvimos el fallo decisivo. Como vemos, pasaron varios presidentes y distintos interventores del Comfer. Ninguno cambió la ley de radiodifusión; pero la decisión política de CARCO y de todo el cooperativismo hoy ha conseguido un cambio sustancial.


Actualidad Cooperativa: ¿Sin embargo, una semana atrás se conoció el caso de la Asociación Mutual Carlos Mugica, propietaria de Radio Comunitaria La Ranchada?
RAS: Ese caso, que se había iniciado durante la presidencia del Dr. Carlos Menem, a partir de su elevación a la Corte, y a pedido de dicha mutual, que se asocia a CARCO, es apoyado también por nuestra entidad, en todo lo referente a la acción ante el máximo Tribunal. También lo patrocinó el Dr. Rodríguez Villafañe y también allí quedó demostrada su gran capacidad jurídica y humana. A La Ranchada la apoyamos además de ser asociada, por ser un ejemplo de auténtica radio comunitaria, por ser integrante del Foro Argentino de Radios Comunitarias (FARCO) con quienes mantenemos una alianza estratégica y además, por ser una mutual. Ambos fallos conforman una unidad indisoluble, ya que abarcan al amplio espectro de organizaciones del sector de la economía solidaria. Así lo entendió la Corte también. Es importante el mensaje que la sociedad recibe, pues en cuestión de una semana salen los dos fallos coincidentemente.




Actualidad Cooperativa: ¿Y de ahora en más?


RAS: Ahora ya no hay discusión posible sobre el tema. Ambos fallos sientan precedentes jurídicos y jurisprudencia. Queda claro que el Comfer no podrá seguir disponiendo de las frecuencias sin establecer reservas para el sector solidario. Si lo hacen nos opondremos en los Tribunales. También queda terminada la discusión sobre si las cooperativas de servicios públicos pueden ser radiodifusoras. En el caso de Santa Rosa de Río Primero, la entidad es prestadora de telefonía urbana, rural, electricidad, internet, servicios sociales, etc. La Corte ya dijo que si puede, el tema aquí se cierra. Es decir, con humildad planteamos que esta vez el sector solidario ganó en toda la línea. Ahora viene la etapa de afianzar esas conquistas y si las autoridades no aceptan la realidad, habrá que iniciar miles de juicios.



Pueden existir salidas legales por la vía de un Decreto basado en estos fallos, o la modificación urgente del Art. 45 de la ley en el Congreso por impulso del Poder Ejecutivo…ya veremos. La pelota está en su campo y deben jugarla.
Actualidad Cooperativa: ¿Pero esa será la única forma?


RAS: De ninguna manera nosotros creemos que sea la única, además pensamos que las autoridades sabrán leer los fallos y buscarán alternativas. Ellos conocen que nuestra voluntad es conciliadora. Pero como le dije antes, no llegamos hasta aquí teniendo sólo una vía de acción. CARCO siempre planifica en términos estratégicos, miramos cinco años para adelante e implementamos diversas vías simultáneamente.


Actualidad Cooperativa: ¿El principal obstáculo está en el Comfer?




RAS: No, mire que el principal problema que debemos resolver es el odio y la intransigencia que el sector comercial de la radiodifusión ha generado en estos últimos años. Las calumnias, las mentiras, las agresiones de todo tipo que sus dirigentes han descargado sobre las cooperativas generaron muchas huellas y rencores en los dos sectores, que será difícil curar, a pesar que nuestra voluntad es de consensuar los mejores caminos para que exista una radiodifusión para todos, sin exclusiones. Desde CARCO creemos que es posible lograr un lugar para todos los protagonistas. Ellos quieren estar solos y sacar del medio al sector solidario. La realidad es que más del cincuenta por ciento de los hogares argentinos no tienen TV por cable…y no es por culpa de las cooperativas. Nosotros no inventamos la discriminación, fue la tiranía y ellos se apoyaron en esa exclusión y la defienden con uñas y dientes. Ojalá el tiempo de la reflexión y el acuerdo llegue rápido.


jueves, 31 de julio de 2003

Memoria del ejercicio Nº 7 (del 01/08/2002 al 31/07/2003)




Este ejercicio estuvo signado nuevamente por un período electoral que se abrió y encontró a nuestra Cámara en plena “lucha judicial y política para romper la discriminación”.
Se inicia el período, con la Apelación por vía del Recurso Extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que el Poder Ejecutivo de entonces inicia contra el fallo desfavorable que había obtenido en el caso Santa Rosa. Eso que buscó en definitiva ganar tiempo, pues no había un poder político con suficiente capacidad como para dictar una Ley de Radiodifusión, ni tampoco el cooperativismo tenía poder para impulsar nuevos cambios. Ya nos encontrábamos en el medio de una profunda “ofensiva estratégica”, aunque no podíamos avanzar más allá de seguir la vía judicial. Los sucesivos gobiernos que habían pasado y ejercido la intervención en el COMFER, habían practicado todo tipo de maniobras dilatorias y de protección de mercado a los radiodifusores que habían aprovechado la discriminación a las cooperativas. Eso se concretaba con las sucesivas prórrogas de la venta de pliegos para servicios complementarios que se venían realizando desde agosto de 2000.
La Cámara siguió denunciando por todos los medios posibles esta situación; pero lo evidente es que se demostraba que a pesar de contar con la fuerza de dos fallos contundentes, aún era necesaria la voz de la Corte.
Nuestra participación del II Megaevento cooperativo en San Martín de los Andes, devino en la decisión que los cooperativistas allí reunidos nos hicieran en el sentido de convocar a un Congreso Nacional para debatir claramente las políticas a desarrollar.
Así la última parte del Ejercicio sujeto a Memoria estuvo signada por la realización en Santa Rosa (La Pampa) del 1º Congreso Argentino de Radiodifusión y Cooperativismo, cuya asistencia masiva, el trabajo realizado durante tres días y la importante calidad técnica de los expositores, produjo un minucioso análisis y un conjunto de pautas programáticas, que se incorporaron con tema del Congreso Argentino de la Cooperación 2004. Con ese acto, nuestra entidad logró sentar las bases doctrinarias de la lucha que el cooperativismo deberá continuar en los próximos años para obtener sus derechos y proyectarse con fuerza hacia el futuro.
Simultáneamente, CARCO editó un libro denominado “Derecho al acceso a la radiodifusión en Argentina”, que con la autoría de los Drs. Miguel Julio Rodriguez Villafañe y Rodolfo Ángel Santecchia, compiló toda la teoría desarrollada hasta ese momento. Fue sin duda un gran aporte a la construcción de una alternativa cooperativa en materia de radiodifusión.
Tal como había ocurrido en los años anteriores, este ejercicio terminó con un nuevo Presidente de la Nación, el Dr. Néstor Kirchner y un nuevo interventor en el COMFER, el Licenciado Julio Bárbaro. Lo que nos hacía suponer la apertura de un proceso diferente, pronto comprendimos que no variaba casi en nada con los antecesores, por lo menos en estos aspectos de favorecer el acceso a la radiodifusión al cooperativismo.